Iniciado por
nadim
Hola, la propia palabra es contradictoria en si. No existe el contrato mercantil indefinido. Al ser de carácter mercantil la relación contractual implica un par de cosas de entrada, la 1º que no es un trabajador al uso, sino un profesional, que tiene que estar dado de alta como autónomo, y la 2º que el contrato no es laboral, sino mercantil, con libre disposición de las partes para fijar el salario y la duración del mismo, así como la indemnización en el caso de que alguna parte quiera resolverlo anticipadamente.