Resucitan las deducciones por alquiler para inquilinos
Las deducciones por alquiler, que hasta ahora sólo aplicaban algunas comunidades autónomas y a determinados grupos sociales, se amplían a todo el país y las podrán aplicar todos los inquilinos cuyos ingresos anuales no superen los 24.020 euros. Además, serán compatibles con las rebajas autonómicas. Se recupera así una prima que fue suprimida en 1998 y se pone de manifiesto la política de impulso al alquiler promovida por el Ministerio de Vivienda y que recoge El Mundo.
Una persona que viva en régimen de alquiler puede llegar a deducirse, en el mejor de los casos, algo más de 900 euros (el 10,05% sobre un máximo de 9.015 euros -renta que paga anualmente por arrendar- y que es equivalente a la de la compra) a través de la resucitada iniciativa estatal. A esta cantidad se le podrá sumar otro porcentaje si reside en alguna de las comunidades que también la contemplan a nivel autonómico. Esta desgravación a nivel autonómico varía, y mucho, dependiendo del lugar de residencia. Por ejemplo, los alquilados madrileños podrán deducirse más de 1.700 euros si les sonríen todas las circunstancias que rodean a ambos ‘descuentos’.
Deducción limitada a los inquilinos con menores rentas
Esta deducción tiene un carácter subjetivo y está limitada a los contribuyentes con menores rentas. Eso sí, sin límite de edad como por ejemplo se requiere en la Comunidad de Madrid, donde hay que ser menor de 35 años. De esta manera, los inquilinos que cobren hasta 12.000 euros anuales podrán acogerse al ‘ahorro’ máximo, mientras que cuando la base imponible vaya de 12.000,01 a 24.020 euros la ‘rebaja’ será inferior y habrá que aplicar una fórmula más compleja (9.015 euros menos el resultado de multiplicar por 0,75 la diferencia entre la base imponible y 12.000 euros anuales).
Si la nómina es superior a 24.020 euros no se puede optar a la deducción estatal. También se tendrá en cuenta la cuota líquida que el Estado le ha retenido en el impuesto de la renta. La deducción estatal por arrendamiento no podrá ser superior a esta cantidad.
“En la actualidad, se ha considerado oportuno recuperar la deducción estatal en un ambicioso plan de apoyo a la emancipación e impulso del mercado de alquiler en la línea que ya apunta la Renta Básica de Emancipación (RBE). Con esta medida, se pretende facilitar el acceso a una vivienda a aquella parte de la población con menos recursos, se favorece la movilidad laboral e independencia de jóvenes trabajadores. Además, también se busca mejorar la redistribución de la renta y riqueza al dirigirse al colectivo de rentas medias-bajas sin tener en cuenta la edad del beneficiario”, apuntan fuentes del Ministerio de Economía y Hacienda a El Mundo.
La declaración del IRPF del año 2008
En el modelo de declaración del IRPF del año 2008 (casilla 716), si vives alquilado, deberás indicar la cantidad abonada por arrendamiento desembolsada durante el pasado año. Se entiende que si en un contrato aparecen varios inquilinos, cada uno debe declarar su parte proporcional. Según los cálculos del Ministerio de Economía y Hacienda y la Agencia Tributaria, se estima que la medida costará 348 millones de euros.
Más información:
El Mundo:
http://www.elmundo.es/elmundo/2009/0...9&t=1238059970
El Mundo:
http://www.elmundo.es/suvivienda/doc.../deduccion.pdf