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Tema: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

  1. #1
    freak
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    Predeterminado Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    Hola

    Perdonad lo confuso del enunciado, pero no sabia explicarme de otra forma.

    Segun he oido, en la UE, ya no esta permitida el transporte de productos que contengan plomo... Sabeis de alguna web, donde pueda informarme del tema??

    Esta ey tiene caracter retroactivo??

    Gracias

  2. #2
    maestro
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    Predeterminado Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    Supongo que te refieres a la directiva Rohs sobre el uso de diversos materiales peligrosos.

    AMIDATA

    A ver si esto te sirve.
    Saludos.
    [center:5fccb45929][/center:5fccb45929]

  3. #3
    freak
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    Predeterminado Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    En primer lugar, muchas gracias

    En nuestra empresa, tenemos una duda.

    Debemos retornar un lote de productos, que contienen plomo, sabes que directivas se han de seguir?

    Gracias

  4. #4
    gurú Avatar de loJaume
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    Predeterminado Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    El plomo es Materia Peligrosa, por lo que su transporte estará probablemente regulado por la normativa ADR.

    El ADR es un liado compendio de normas de embalaje, transporte, etiquetaje, almacenaje, manipulación, documentación, etc, etc, etc.

    Si eres cumplidor con la ley, deberias proporcionar al transportista una "Carta de Porte ADR" (mira en Google para más info) y que el embalaje esté homologado para transportar ese producto y con las etiquetas de peligro correspondientes (tienen forma de rombo). Si el transportista es profesional y serio, te deberia informar de ello. Aunque la mayoria no lo son, y te diran que "lo metas en una caja y no digas nada sobre su contenido".

    Claro que en ese caso, en caso de inspección o accidente, os jugais un a sanción "muy grave" (>3000 eur)
    "Aquí va a haber hondonadas de hostias, eh?"

  5. #5
    freak
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    Predeterminado Re:

    Muchas gracias, buscare info al respecto

  6. #6
    gurú
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    Predeterminado Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    Cita Iniciado por loJaume
    Si el transportista es profesional y serio, te deberia informar de ello. Aunque la mayoria no lo son, y te diran que "lo metas en una caja y no digas nada sobre su contenido".

    Claro que en ese caso, en caso de inspección o accidente, os jugais un a sanción "muy grave" (>3000 eur)
    Jaume, las generalizaciones tienen eso, que no son justas. Yo tengo una empresa de transportes y ni nosotros ni ningún colega que yo conozca se prestaría a eso nunca en la vida. El riesgo es infinitamente mayor que el posible beneficio (y no sólo por la multa)
    Lo que sí debéis mirar es que el transportista que uséis esté autorizado para hacer ADR (en proporción muy pocos lo estamos)

  7. #7
    freak
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    Predeterminado Re:

    Segun tengo entendido, los envios de material desde Holanda, gozan de una fiscalidad diferente en el pago del IVA, es asi??creo haber oido eso, o que te dan prorrogas para el pago.

    Me puedes arrojar luz sobre el tema??

    Gracias

    EDITO

    Sabeis de algun programa, facil de usar y a ser posible gratuito para creacion y gestion de stocks?

    Gracias

  8. #8
    gurú
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    Predeterminado Re:

    Cita Iniciado por Ronnie
    Segun tengo entendido, los envios de material desde Holanda, gozan de una fiscalidad diferente en el pago del IVA, es asi??creo haber oido eso, o que te dan prorrogas para el pago.
    No sé exactamente a qué te refieres pero la fiscalidad en el transporte es igual desde Holanda que desde Francia, Alemania o Italia. En cuanto a la mercancía, salvo que sea materia prima, también igual (¿no será producto que viene por Holanda pero llega desde un tercer país?)

  9. #9
    gurú Avatar de loJaume
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    Predeterminado Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    Cita Iniciado por Franciscus
    Jaume, las generalizaciones tienen eso, que no son justas. Yo tengo una empresa de transportes y ni nosotros ni ningún colega que yo conozca se prestaría a eso nunca en la vida. El riesgo es infinitamente mayor que el posible beneficio (y no sólo por la multa)
    Lo que sí debéis mirar es que el transportista que uséis esté autorizado para hacer ADR (en proporción muy pocos lo estamos)
    Tienes razón en que no deberia generalizar, porque no tengo ninguna estadística.
    Pero me encontrado muchas veces que al pedir la carta de portes ADR a un cliente, éste me dice "pues el de XXXX nunca me lo pide". Y no me refiero a "Transportes Tartánez", no, sino a operadores conocidos de ámbito nacional.
    Me refiero siempre a cantidades pequeñas (< 1000 kg).

    Vaya, que me alegro de conocer a un colega serio y profesional.
    "Aquí va a haber hondonadas de hostias, eh?"

  10. #10
    gurú
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    Predeterminado Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    Cita Iniciado por loJaume
    Me refiero siempre a cantidades pequeñas (< 1000 kg).

    Vaya, que me alegro de conocer a un colega serio y profesional.
    Cantidades pequeñas... es que la paquetería es al transporte lo que un fotomatón a un fotógrafo profesional

    ¿Colega? ¿eres del gremio?

  11. #11
    freak
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    Predeterminado Re:

    A ver si me podeis ayudar con esto

    En nuestra empresa, hemos de devolver una partida de rpoducto que esta defectuosa ( dicho producto contiene plomo ).

    Me imagino que el envio a Taiwan de dicho material, no traera problemas, pero lo que desconozco es si el reenvio de dicho material ( tb llevara plomo ) puede ser un problema...

    Nos han comentado algo respoecto a llevar a cabo una EXPORTACION TEMPORAL, de la cual ya he recavado informaciion.

    Estoy llamando a Industria, pero ya sabeis como funciona esto.... no funciona.

    Podeis ayudarme al respecto por favor? Cualquier dato seria de agradecer

    Gracias

  12. #12
    freak
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    Predeterminado Re:

    A ver esos consejos!

    Gracias

  13. #13
    gurú Avatar de loJaume
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    Predeterminado Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    Ya te lo he dicho en privado: Pregunta a la Cámara de Comercio en la que esté adscrita tu empresa.

    Si no lo saben ahi, ...
    "Aquí va a haber hondonadas de hostias, eh?"

  14. #14
    freak
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    Predeterminado Re:

    Acabo de leerlo, muchas gracias

  15. #15
    gurú
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    Predeterminado Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    Si hablamos de una devolución de material defectuoso para su reparación, quizás sí procede hablar de export temporal. Si no se va a reparar igual no se puede pero no obstante quien mejor te puede ayudar en este caso por conocimientos y porque es su trabajo, es un Agente de Aduanas. ¿Dónde estás tú? ¿a través de dónde os llegó el material?

  16. #16
    freak
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    Predeterminado Re:

    Nuestro agente de aduanas, no esta muy puesto sobre esta nueva ley... ( manda huevos ).

    Saludos y gracias

  17. #17
    gurú
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    Predeterminado Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    Me han dicho por aquí que lo mejor que puedes hacer es pedir información directamente al Ministerio de Fomento al correo éste: mmpp@mform.es

  18. #18
    freak
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    Predeterminado Re:

    Franciscus, me devuelve el mail, la direccion debe estar mal...

    Damela otra vez

  19. #19
    freak
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    Predeterminado Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    Los fabricantes de electrodomésticos y otros aparatos electrónicos como ordenadores y telefónos móviles no podrán comercializar, a partir del 1 de julio en la Unión Europea, sus productos si incluyen seis sustancias tóxicas concretas. Entre ellas, figuran el plomo, el cromo, el cadmio y el mercurio, en virtud de una nueva ley que los prohíbe porque perjudican la salud.

    a pesar de que se podrán seguir vendiendo los aparatos que fueron puestos en el mercado antes de esta fecha, indicaron hoy fuentes comunitarias. El plomo, el cadmio, el mercurio y el cromo hexavalente, así como dos grupos de retardadores bromados de fuego -el bifenilo policlorado y el éter de bifenilo polibromado- son las sustancias que a partir de mañana no podrán incluir aparatos electrodomésticos y otros electrónicos.

    Esta disposición se incluye en la directiva sobre restricciones en sustancias de riesgo que fue aprobada en 2003 y que todos los Estados miembros han transpuesto a sus legislaciones nacionales. Entrará en vigor el 1 de julio y afectará a la composición de una amplia gama de aparatos e instrumentos para cuyo uso es necesaria la red eléctrica.
    Y mi duda es..

    Esta ley tendra caracter retroactivo?, entiendo que no

    Yo entiendo que si se puede corraborar que dica mercancia fue adquirida antes del dia 1 de Julio de 2006, no habra problema no??

    Gracias por vuestras opiniones

  20. #20
    freak
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    Predeterminado Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )

    Alguien puede confirmarmelo??

    Gracias

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