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Tema: Post de las dudas laborales

  1. #101
    Sci·Fi addict Avatar de Jimbo
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    Predeterminado Re: Post de las dudas laborales

    Estoy por cambiar de curro, y quisiera saber si es factible que antes de pedir la baja voluntaria de mi empresa actual, le solicte una copia del contrato a la nueva para comprobar que se ajusta a las condiciones pactadas. Otra cuestión es si hay que esperar los 15 días para formalizar el nuevo contrato.

  2. #102
    anonimo2224
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    Predeterminado Re: Post de las dudas laborales

    Cita Iniciado por Jimbo Ver mensaje
    Estoy por cambiar de curro, y quisiera saber si es factible que antes de pedir la baja voluntaria de mi empresa actual, le solicte una copia del contrato a la nueva para comprobar que se ajusta a las condiciones pactadas. Otra cuestión es si hay que esperar los 15 días para formalizar el nuevo contrato.
    No entiendo muy bien la pregunta, pero intentaré responderte.

    1.- En el momento que firmas un contrato te tienen que facilitar tu original. En el caso que hayan de sellarlo, días más tarde, pero actualmente casi todo se hace con el sistema RED y el Delta (huellas digitales) por lo que te puedes llevar el contrato en el momento y el sello (representado en este caso por un folio extra con la comunicación a la TGSS) te lo proporcionarían pasados de uno a quince días (culpa de la SS, pro cierto).

    2,- Una cosa es el preaviso que hay que darle a la empres aen donde trabajas actualmente y otra es si por contrato te has obligado a no firmar otro antes de tener la baja en el presente. El preaviso te lo marca el contrato o, en su defecto, el convenio (rigiendo por encima de ambos lo que tú hayas firmado).

    En general, formalizar un contrato no equivale a alta en la SS. Yo puedo firmar un contrato el día 23 y no dárseme de alta hasta el día 31 (fecha de inicio en la actividad).

    Si no es esto a lo que te referías coméntalo y trato de explicarme mejor.

  3. #103
    Sci·Fi addict Avatar de Jimbo
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    Predeterminado Re: Post de las dudas laborales

    Me refería, a grosso modo, a que antes desligarme del actual curro, tener el nuevo bien atado y sin sorpresas respecto a las condiciones ofrecidas. Pues una vez comunicado a la empresa, ya no hay vuelta atrás.

  4. #104
    adicto
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    Predeterminado Re: Post de las dudas laborales

    Bueno, ya que estamos y aprovechandome un poco, paso a contar lo que se esta cociendo conmigo.

    Decir tambien, que todo esto AUN son suposiciones, porque oficialmente no me han comunicado, pero me gustaria ir sabiendo por donde van los tiros.

    Actualmente estoy trabajando en una empresa que forma parte de un grupo empresarial, pero sigue siendo independiente (Nombre y CIF propio). Se esta en proceso de reestructurar las funciones de la empresa, trasladando la contabilidad a otra empresa y realizando en esta funciones de fabricacion y distribucion.

    Evidentemente sobra gente en el departamento de contabilidad, y el eleguido para "abandonar" soy yo, porque aunque sea chico para todo soy el mas barato de despedir.

    En principio lo tenia asumido, mi finiquito indemnizacion y paro........y a otra cosa mariposa.......PERO parece que estan buscando la manera de hacerme un despido objetivo por motivos economicos, para pasar de pagarme 45 dias por año a 20 dias por año trabajado.

    Yo esto no lo tengo claro, porque si es cierto que se llevan unos años arrojando perdidas, pero esque al unico que despiden es a mi e incluso buscan gente para la fabrica

    ¿Es esto legal? Si realmente es asi la cosa ¿que derechos tendira? Un conocido me comenta que si no hay ERE y solo me echan a mi es improcedente totalmente ¿Como lo veis?

    Gracias por la informacion

  5. #105
    anonimo2224
    Invitado

    Predeterminado Re: Post de las dudas laborales

    Lo primero. Es independiente que contraten en otra sección y despidan en la tuya. Si la empresa tiene declaradas pérdidas y consigue demostrar en el arbitraje (bueno, aquí menos) o en el juzgado que despidéndote a ti hay una mejora organizativa que supondría unas menores pérdidas o un beneficio sí pueden aplicarte el despido procedente. También depende mucho del puesto que desempeñes ya que si es uno de baja escala los beneficios que puedes producir son pocos. Quiero decir, deben demostrar que con tu despido hay menos pérdidas (y las habrá ya que tu salario y cotizaciones se las ahorran), pero también podría haber más pérdidas llegadas de los beneficios que tú supones para la empresa. Para que nos entendamos, no es lo mismo un oficial de contabilidad que reparte correo y envía faxes o va a las tesorerías que un contable. Los beneficios del segundo serán mucho mayores que los del primero.

    Y no hace falta el Expediente de Regulación de Empleo.

    Por cierto, para trasladar la sección de contabilidad a otra empresa se os debe hacer un nuevo contrato y que lo aceptéis.

  6. #106
    adicto
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    Predeterminado Re: Post de las dudas laborales

    Cita Iniciado por Yanluc Ver mensaje
    Lo primero. Es independiente que contraten en otra sección y despidan en la tuya. Si la empresa tiene declaradas pérdidas y consigue demostrar en el arbitraje (bueno, aquí menos) o en el juzgado que despidéndote a ti hay una mejora organizativa que supondría unas menores pérdidas o un beneficio sí pueden aplicarte el despido procedente. También depende mucho del puesto que desempeñes ya que si es uno de baja escala los beneficios que puedes producir son pocos. Quiero decir, deben demostrar que con tu despido hay menos pérdidas (y las habrá ya que tu salario y cotizaciones se las ahorran), pero también podría haber más pérdidas llegadas de los beneficios que tú supones para la empresa. Para que nos entendamos, no es lo mismo un oficial de contabilidad que reparte correo y envía faxes o va a las tesorerías que un contable. Los beneficios del segundo serán mucho mayores que los del primero.

    Y no hace falta el Expediente de Regulación de Empleo.

    Por cierto, para trasladar la sección de contabilidad a otra empresa se os debe hacer un nuevo contrato y que lo aceptéis.
    Oido cocina.

    Gracias por los apuntes, segun se vayan desarrollando los acontecimientos ya veremos que se hace.

    Por lo que entiendo, si no hay ERE, para que el despido sea procedente hay que demostrar que despidiendome se reducen las perdidas, no solo demostrar que hay perdidas ¿correcto?

    Por lo que tengo entendio, sere yo el "nominado" porque por antiguedad soy el mas "barato" de despedir para la empresa, aunque tambien hay que decir que soy el unico informatico de la empresa (puesto para el que me contrataron originalmente, aunque como no hay siempre curro para mi echo una mano al departamento de contabilidad).

    Si no hay que pagar costas del juicio, solo al abogado (al ser juicio "social") y el abogado es de casa, en caso de declararlo procedente, vale la pena tirar para delante ¿no?

    En fin, ya parece que me vaya aclarando, gracias por la informacion

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