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Tema: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

  1. #26
    is a gas gas gas Avatar de jumpingjackflash
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    Predeterminado Re:

    Yo no lo justifico, pero tampoco cuesta tanto poner una encriptación que si, que si quieren te la petan, pero no te la va a petar cualquiera y mira que es tonteria perder el tiempo intentando petar una wifi..
    SON TODAS UNAS GOLFAS.

  2. #27
    teo
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    en una estás manipulando una instalación y provocas un aumento en la factura
    O sea... que si tiene tarifa plana para las llamadas, no es delito, pero si no la tiene, entonces si
    Pinchar un teléfono en una línea ajena no es manipilación de esa instalación.

    En el momento en que violentas su intimidad, estás cometiendo un delito. ¿ Algún abogado en la sala ?.

    Edito para añadir: En el momento en que te conectas a su red, estás usurpando su identidad, y eso si que es delito.

  3. #28
    maestro
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    Predeterminado Re:

    Me parece increíble que alguien vea lícito colarse en una red que no es la suya, por muy desencriptada que esté.

    De todas formas,cuando es un robo sin violencia (no hay un hackeo previo) es hurto, no robo y falta, no delito.
    Frodo, el ex-portador del Anillo.

  4. #29
    Frikandel Avatar de hsm1973
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Insisto...¿alguna forma de saber si alguien esta utilizando tu conexión sin tener que instalar ningún programita ???
    HAZLO O NO LO HAGAS , PERO NO LO INTENTES.

  5. #30
    Avernícola Avatar de MuMul
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    Predeterminado Re:

    me parece que no, salvo características individuales del router en cuestión. algunos permiten ver en sus "log" algunos datos de tráfico, que habría que saber interpretar.


  6. #31
    Matagigantes Avatar de grotuk
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Y si yo dejo la conexion abierta porque soy una persona altruista?

    No se puede discernir si una red está abierta a posta o por desidia...asi que si no pones una contraseña...por minima que sea...no veo el delito en ningún caso.

    Otra cosa muy distinta es intentar abrir redes protegidas...eso si es un claro ejemplo de delito y supongo que estará tipificado como tal.

    Un saludo

  7. #32
    gurú
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Cita Iniciado por mundodvd
    Y seguro que más de uno se indignará de leer lo que he escrito, en plan "pues yo pillo Internet del vecino, qué pasa !! ".

    Bueno, sin ir más lejos alguno ya ha comentado que lo hacía y como de pasada.

    Edito: joder he dejado mi post a medio terminar y ya hay tropecientas respuestas.

    Bueno, reitero que a mí también me parece de puto culo. No sé si es delito o no (habría que verlo) pero robar un servicio de otra persona seguro que sí lo es.

  8. #33
    maestro
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    Predeterminado Re:

    Venga ya, y si se te cuelan por la ventana la culpa es tuya por dejarla abierta.

    Amosnomejodas...
    Frodo, el ex-portador del Anillo.

  9. #34
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    Predeterminado Re:

    Pregunta:
    - Si alguién se pincha en tu red wifi y se dedica a bajarse/traficar con pronografía infantil u otro delito de los más "perseguidos"¿Donde se presenta la policía?
    - Yo soy un hombre muy primario, estoy terriblemente sujeto a las pasiones. No pienso casi, cualquier cosa que les dijese sería una tontería.

  10. #35
    teo
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Y si yo dejo la conexion abierta porque soy una persona altruista?
    Y voy yo, y me conecto a tu wifi y cometo un delito que te cagas, y ya verás que gracia te va a hacer que se presente la policia en tu casa para llevarte al trullo. (y eso que eras consciente de que alguien se estaba conectando a tu wifi, pero como no es delito.......)

  11. #36
    El Apóstata Avatar de Tiberiuz
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Lo que está quedando claro es que es un tema muy peliagudo. Parece ser poco ético, aunque no es delito, pero merecería ser falta aunque es posible que no haya abuso pero entoces.. blablablablabla

    Como siempre todo acabará en si hay o no hay perjuicio para el dueño y si se produce, o no, un delito derivado de ello.

  12. #37
    gurú Avatar de luthier
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Actualmente ya hay sentencias en algunos países por usar una red inalámbrica que han sido tratadas como

    delito, y hay otros en los que parece que sucederá lo mismo.

    Como mera información, por si le interesa a alguien, transcribo un texto que guardé hace algunos meses en el que se hacía un análisis jurídico del asunto. Dicho con todas las reservas, porque ignoro su validez.

    Quizás la primera consideración respecto de la trascendencia jurídica de quien instala una red inalámbrica que puede rebasar el ámbito doméstico o empresarial en que se encuentra instalada, es que tal conducta, cuanto menos, es carente de la necesaria diligencia, por causarse un daño a tercero, por ejemplo, puede suponer una situación de riesgo, pero en tanto no suceda el hecho lesivo, la conducta debe ser considerada como jurídicamente neutral, y, por otro lado, nunca las victimas son culpables del delito, algo que no hay que perder de vista.

    Calificación jurídica

    La calificación jurídica que deba darse a la conducta del tercero que accede a Internet utilizado el ancho de banda negligentemente ofrecido por el titular de la red reviste una verdadera complejidad.

    Para comenzar hay que distinguir entre dos conductas, diferentes. La del usuario de un aparato que lo conecta en un lugar determinado, tras lo cual éste detecta un punto de acceso no protegido, que emplea. Y de de quien pasea la ciudad buscando activamente la existencia de puntos de acceso no protegido (conducta que se conoce como wardriving), con objeto de utilizarlo para fines igualmente ilegítimos.

    Es evidente que quien accede a una red de comunicaciones sin estar autorizado, y con independencia de si la red está protegida o no, y emplea una parte del ancho de banda para su propio beneficio, está realizando una conducta antijurídica. La complejidad es su tipificación.

    Consecuencias penales

    En el campo penal, es evidente que no nos encontramos ante el supuesto típico del artículo 197.1 del Código Penal, pues la intención tanto de usuario que encuentra el punto de acceso desprotegido, como la de quien activamente lo busca, no persigue conocer los secretos o vulnerar la intimidad de ningún tercero, lo que excluye la aplicación de este tipo. Tampoco parece que nos encontremos en el marco del sub-tipo del delito de desordenes públicos del que trata el artículo 560.1, pues una red de comunicaciones privada, aunque utilice el dominio público (lo que sucede cuando la señal rebasa los límites del edificio y es accesible desde la calle) no es ni una línea o instalación de telecomunicaciones, ni tampoco puede calificarse de servicio público.

    Descartados los anteriores tipos, hay que considerar la posibilidad de la conducta en cuestión pueda entrañar la comisión del delito de daños por defraudación de fluido de telecomunicación al que se refiere el artículo 255. Es evidente que el uso no autorizado de parte de la banda de un acceso a Internet puede calificarse de fraudulento, pues hay una apropiación de un servicio ajeno, lo que genera un daño económico, en la fracción que el titular del ancho de banda contrató y paga pero no puede usar precisa y exclusivamente por la acción fraudulenta. Por ello, es defraudatoria la conducta de quien busca activamente el acceso desprotegido, pues está utilizando las telecomunicaciones (la dicción del texto legal no es precisamente afortunada) de las que es titular un tercero y, además, a dicho fin se vale de un mecanismo instalado expresamente para realizar la defraudación (el ordenador en modo de localización de señales wifi y, en su caso, la antena que mejora el resultado de la búsqueda). Ahora bien, en este supuesto la posible exclusión de la tipicidad puede venir impuesta por el hecho de que será bastante dificultoso acreditar que el importe defraudado, es decir el precio de la parte del servicio cuyo uso sólo ha sido posible con el concurso del fraude, y no el perjuicio causado, excede de cuatrocientos euros, dados los precios del servicio del que ilícitamente se está aprovechando.

    Más oportunidades ofrece el artículo 256, pues sólo requiere el uso de un terminal de telecomunicaciones sin consentimiento de su titular, y causando a éste un perjuicio superior a cuatrocientos euros. El problema en este caso será, una vez más, probar que el perjuicio excede de 400 Euros, puesto que los restantes requisitos del tipo concurren, es decir la falta de consentimiento y el uso de terminal de telecomunicaciones, que tal es el servidor de comunicaciones del titular, pues el único intermediario entre éste y el exterior.

    La evaluación del daño emergente, es decir el causado al propietario del terminal por el ancho de banda utilizado sin autorización, es el camino correcto, pero también de escaso resultado. Al precio actual de los abonos, llegar a acreditar un uso equivalente a 400 Euros puede ser no sólo complejo, sino dificultoso.

    La alternativa más adecuada es evaluar el lucro cesante, especialmente en aquellas empresas para las que Internet es su mercado, único o relevante. Por ejemplo, las agencias de viajes, las empresas de comercio electrónico y aquellas otras en las que una parte de su negocio tiene lugar a distancia y mediante la red. Es evidente que el hecho de que un intruso irrumpa en su red y ocupe una parte de su ancho de banda, supone que un número indeterminado de clientes no podrá acceder a la página Web del comerciante y, en consecuencia, éste perderá el negocio que tales clientes habrían generado. Si a ello sumamos un hecho, tan evidente como constatado, como es que para el consumidor que compra por Internet dos de los factores determinantes de su elección son, más allá del precio, la disponibilidad veinticuatro horas al día y la rapidez de las transacciones, es evidente que en un mundo de amplia oferta, la demanda de los clientes que no pudieron acceder por estar una parte del ancho de banda ocupado por el intruso, se derivará a otros comerciantes. Con lo que el defraudado será perjudicado en el importe del negocio potencial que acredite haber perdido. Acreditación que no presenta dificultad excesiva para cualquier abogado con un mínimo de experiencia en la materia.

    El recurso a calificar la conducta como falta, por la reducida entidad económica bien de la defraudación, bien del daño, no es menos problemático, dada la dicción del número 4 del artículo 623, pues se refiere a defraudación "en equipos terminales de telecomunicación". Determinar qué debe entenderse por tal defraudación no es sencillo, pues no se dice que el objeto del ilícito sea ni el uso ilegítimo del fluido, ni tampoco el inconsentido del terminal, lo que puede dar en la impunidad de la conducta, aun reconociendo su ilegalidad.

    En algunos medios se ha señalado la posibilidad de incardinar estas intrusiones en el marco del número 4 del artículo 286, pero aquí el punto de colisión sería el hecho de que la tecnología empelada no tiene como objeto la intrusión, sino que la misma es posible por la concurrencia de una tecnología neutral (la que posibilita el acceso a las redes wifi), una conducta determinada del intruso y otra poco diligente del titular. Y sin la coincidencia de estas dos, la tecnología es neutral.

    Es evidente que la adopción de medidas de seguridad debe ser la norma de quienes quieran instalar redes wifi empresariales, y aún domésticas, pero ante la acción intencional o derivada del fallo propio de seguridad, una alternativa es la persecución en el ámbito penal. Persecución que, como queda dicho, presenta dificultades, especialmente en el campo de la prueba del daño al perjudicado, pero también es cierto que cuanto antes se inicie, antes se desincentivarán este tipo de conductas. Una de cuyas consecuencias es el daño económico directo a aquella parte del negocio del perjudicado que discurre por Internet, pero no el único.

    Por no referirnos a aquellos casos en los que el acceso fraudulento no se produce con la intención de aprovechar un recurso disponible, que, por cierto, y como hemos visto, no debe entenderse como tal, sino para alcanzar otros objetivos, desde la ilegal puesta a disposición de terceros de música o películas, hasta la difusión de otro tipo de conductas que inciden, per se, en el ámbito de lo penal. Conductas defraudatorias de las que aparecerá como responsable, al menos en primera instancia, el propio perjudicado de la intromisión
    .
    [SIGPIC][/SIGPIC]

  13. #38
    CTU Avatar de Juanvier
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    Predeterminado Re:

    Si te encuentras una cabina en la calle desde donde se puede llamar gratis donde quieras el tiempo que quieras... ¿eso es delito?
    Tu problema es que quieres obtener resultados sin ensuciarte las manos, así que empieza a subirte las mangas.

    Los criminales se aprovechan de la indulgencia de una sociedad compasiva

  14. #39
    maestro
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    En mi casa (no os diré dónde L) ) tengo la wifi abierta todo el día.

    Solo filtro por dirección mac.

    No implemento encriptación porque uno de los portátiles nuevos no hay manera que conecte a la red ni con WEP ni con WPA, a diferencia del del fijo y de otro portátil.

    ¿Que algún vecino se cuela? Si es así, yo no lo he notado. Aunque si se tratase de un "aprovechategui", gracia no me haría.

    Otra cosa es que a partir de ahí tuviera otras intenciones más perniciosas.

    Por otro lado, captar una comunicación ajena con un dispositivo de escucha no es delito. Sí lo es, en cambio, si para logarlo hubiese que aplicar fuerza (en las personas o en las cosas). Es decir, "pinchar" un teléfono, un cable. Incluso "las ondas". O provocar una interrupción en las comunicaciones (aunque sea esporádica o de corta duración). O divulgar o beneficiarse de lo interceptado.

    En el caso de las redes inalámbricas, se puede considerar que no es delito solo si se hace circunstancialmente con fines de investigación, científicos o técnicos. Es decir, para hacer un barrido con el objetivo de comprobar el nivel de seguridad de las redes inalámbricas, por ejemplo. Pero en cualquier otro caso, sí.

    El proyecto de ley de Impulso de la Sociedad de la Información se espera cubra estos aspectos (para la Asociación de Internautas, en exceso).

    Saludos

    PD: imaginaos que Orange, por poner un ejemplo, rebaja el precio del ADSL a quien en los últimos 12 meses haya consumido menos de un determinado ancho de banda. No le hará entonces ninguna gracia al paganini que no le apliquen el descuento porque unos vecinos chupópteros hayan estado colgados a su red. ¿Se convertirían entonces, y solo entonces, en delincuentes? ¿Se les podría aplicar una pena con carécter retroactivo? Como no parece que la retroactividad pueda perjudicar al potencial delincuente, el que estaría en indefensión sería el paganini, ¿no?

  15. #40
    teo
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Si te encuentras una cabina en la calle desde donde se puede llamar gratis donde quieras el tiempo que quieras... ¿eso es delito?
    No, eso es ¡¡¡suerte!!!

    Buscando por internet "a lo rápido":
    ************************************************** ********************************
    Condenado por "piratear" una red WiFi.
    Mehler, 01/08/2005.
    Un ciudadano londinense ha sido condenado a pagar una multa de 500 libras esterlinas de multa por piratear una red WiFi.
    ************************************************** ********************************
    Uhombre de Florida (EE UU) ha sido arrestado por utilizar la conexión WiFi de su vecino sin haberle pedido permiso.
    Según parece, Benjamin Smith II (el arrestado), de 41 años (vamos, que no es un chavalín sin poder adquisitivo), se situaba con su coche junto a la casa de Richard Dinon (el vecino «mosqueado» por el robo de su ancho de banda) y con su portátil se pasaba horas disfrutando de la conexión a Internet por la cara. Lo más curioso de esta noticia es que en EEUU (no sé si en todos los estados) el robo de la señal WiFi es un delito, incluso aunque la red se encuentre abierta y el dueño de esa conexión inalámbrica no se haya tomado la mínima molestia de cerrarla con alguno de los sencillos métodos que se le ofrecen a cualquiera que adquiere un router inalámbrico.
    Como sucede muchas veces, las noticias que nos llegan de EEUU no nos dejan indiferentes: o nos producen risa por lo absurdo de la situación o nos hacen meditar si en breve viviremos situaciones similares en nuestro país. En este caso más bien me inclino por lo primero.
    ************************************************** ********************************
    Un joven de 17 años de Singapur acusado de utilizar la conexión inalámbrica a Internet de otra persona puede ser condenado a tres años de prisión, según informó hoy el periódico 'Straits Times'.
    Garyl Tan es la primera persona que será juzgada por este delito acusada 'Acto de mal uso del ordenador', según el rotativo local. Tan es acusado de usar su ordenador portátil para conectarse a la red inalámbrica de su vecino, que presentó una demanda contra él.
    Tras ser detenido el joven fue puesto en libertad bajo fianza después de pagar 3.000 euros. El próximo miércoles acudirá a los tribunales, donde se podría enfrentar a tres años de cárcel y a multas de hasta 5.000 euros, según la ley que contempla el mal uso del ordenador en Singapur.
    ************************************************** ********************************


    Pero aqui en España, como somos muy "enrollaos y altruistas" no es delito...

  16. #41
    Metamorfoseando
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Recuerdo (luego lo busco) una noticia que decía que la policía había detenido a un hombre por delitos informáticos (no recuerdo de que tipo), y que al final resultó ser un vecino suyo el que los hizo a través de su WiFi. Esto me parece especialmente preocupante.
    Hell, It's about time.

  17. #42
    Relaxman Avatar de ShangT_Tnf
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    A mí lo que me hace gracia es que muchos dicen que hacerlo esporádicamente está bien, pero habitualmente no.

    Alguien me explica la diferencia?

    Cuál es la diferencia entre el que roba una tienda de ropa una vez al año a otro que la roba diariamente? no son ladrones los dos?

    Es el acto el que se sanciona, no la frecuencia con la que se practica.

  18. #43
    Caspa y señorío Avatar de Astolfo Hynkel
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    y que opináis entonces de la red FON?
    Firmar es de mediocres

  19. #44
    Metamorfoseando
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Cita Iniciado por Astolfo Hynkel
    y que opináis entonces de la red FON?
    Eso es muy diferente.
    Hell, It's about time.

  20. #45
    El Apóstata Avatar de Tiberiuz
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Cita Iniciado por ShangT_Tnf
    A mí lo que me hace gracia es que muchos dicen que hacerlo esporádicamente está bien, pero habitualmente no.

    Alguien me explica la diferencia?

    Cuál es la diferencia entre el que roba una tienda de ropa una vez al año a otro que la roba diariamente? no son ladrones los dos?

    Es el acto el que se sanciona, no la frecuencia con la que se practica.
    Es que volveis a confundirlo todo. Si yo te robo una camisa de tu tienda, es delito (o falta o lo que pollas se diga). Si me pongo a leer en la calle aprovechando la luz de tu escaparate, ¿es eso falta o delito? ¿Te quito algo?

    Vuelvo a decir que es un tema muy peliagudo y todo depende del uso que se haga de ello.

    Y aunque no haga falta, me excuso diciendo que ni tengo ni pienso tener apartejo WIFI ninguno. (aparte de la PDA que uso sólo como GPS y para leer L) )

  21. #46
    maestro
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Como habrás podido comprobar, no soy yo un defensor de los chupópteros.

    Pero en cuanto a delitos, si exite continuidad en los mismos se considera agravante.

    Un juez podría sobreseer si fuera esporádico o puntual...

    No es lo mismo el que se conecta una vez al mes dos minutos (incluso podría tratarse de un acceso involuntario), que el que se conecta permanentemente, o una vez al día durante dos horas...

    Saludos

  22. #47
    Relaxman Avatar de ShangT_Tnf
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Cita Iniciado por Tiberiuz
    Cita Iniciado por ShangT_Tnf
    A mí lo que me hace gracia es que muchos dicen que hacerlo esporádicamente está bien, pero habitualmente no.

    Alguien me explica la diferencia?

    Cuál es la diferencia entre el que roba una tienda de ropa una vez al año a otro que la roba diariamente? no son ladrones los dos?

    Es el acto el que se sanciona, no la frecuencia con la que se practica.
    Es que volveis a confundirlo todo. Si yo te robo una camisa de tu tienda, es delito (o falta o lo que pollas se diga). Si me pongo a leer en la calle aprovechando la luz de tu escaparate, ¿es eso falta o delito? ¿Te quito algo?

    Vuelvo a decir que es un tema muy peliagudo y todo depende del uso que se haga de ello.

    Y aunque no haga falta, me excuso diciendo que ni tengo ni pienso tener apartejo WIFI ninguno. (aparte de la PDA que uso sólo como GPS y para leer L) )
    Hombre, lo que pasa es que la legislación no está clara en el tema todavía, y además, mí comentario fue por la opinión de algunos, no del WiFi especialmente, o es delito o lo no es (eso lo decide la ley, no yo), independientemente de la frecuencia con que se practique.

    Y a mí particularmente me jodería mucho que me quitaran ancho de banda.

  23. #48
    CTU Avatar de Juanvier
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    Predeterminado Re:

    No se, pero igual se puede argumentar que no tenía ni idea....

    señor juez (o policía), mire usted, yo encendía el ordenador y se me conectaba a internet y no se más... y luego hay que demostrar malá fe o intencionalidad, y si solo te roban la conexión para navegar y no para hacer trastadas pues como que es dificil... que sí, que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, pero meterse ahora con los wi-fi porque un señor no sea capaz de cifrar su conexión...
    Otra cosa distinta es romper una clave y meterse a navegar, que ahí ya si que se puede meter mano.
    Tu problema es que quieres obtener resultados sin ensuciarte las manos, así que empieza a subirte las mangas.

    Los criminales se aprovechan de la indulgencia de una sociedad compasiva

  24. #49
    maestro
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Es que volveis a confundirlo todo. Si yo te robo una camisa de tu tienda, es delito (o falta o lo que pollas se diga). Si me pongo a leer en la calle aprovechando la luz de tu escaparate, ¿es eso falta o delito? ¿Te quito algo?.
    En tono semi-jocoso, te digo que sería una falta, si eltipo ese le da por ponerse todo el día frente al escaparate a leer: el comerciante paga por el escaparate abierto a la vía pública.

    Así que el tipo le está boicoteando (lo pretenda o no) su negocio.

    Porque si un escaparate está tapado ya no cumple su función. Y el de la tienda paga por ello. Vaya que sí.

    Saludos

    Editado para "quotear" correctamente (mis disculpas)[/quote]

  25. #50
    Relaxman Avatar de ShangT_Tnf
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    Predeterminado Re: Robar wireless del vecino: ¡qué cara más dura! :\

    Oye nuskas, eso no lo escribí yo lo escribió Tiberiuz, hiciste el quote mal

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