Me he quedado helado al ver esta noticia...aquí
7 años por asesinar a alguien con premeditación.
Ha pasado tanto tiempo que sus antecedentes no constan en los archivos.
Me he quedado helado al ver esta noticia...aquí
7 años por asesinar a alguien con premeditación.
Ha pasado tanto tiempo que sus antecedentes no constan en los archivos.
Y con las leyes, y con los abogados, y ...
Y en otro paises por hacerte unas pajillas te meten 40..... que dificil es encontrar el equilibrio!
Esto me indica que aunque el tribunal desestimó el atenuante de "arrebato y obcecación" (desconocía que existiera) tuvo en cuenta la opinión de los peritos médicos a la hora de dictar sentencia. Además, desconocemos si se entregó, si estaba bajo el "abrazo" de alguna droga o cualquier otra circunstancia atenuante.Los expertos en psicología y psiquiatría que testificaron por parte de la defensa trataron de convencer al tribunal de que el acusado había actuado en un estado de "cortocircuito", en el que tenía la conciencia totalmente anulada. Los jueces rechazaron la eximente de trastorno mental transitorio que alegó la defensa para pedir la absolución del hombre y le condenaron a la pena de cárcel. Aun así, decidieron aplicar el grado mínimo de la condena establecida en el Código Penal de entonces para los delitos de homicidio e hicieron uso del atenuante de arrebato y obcecación. A Manuel le cayeron 12 años, de los que cumplió siete. "A partir del homicidio", relata un policía local de Daimiel, "la familia del hombre desapareció. Nunca más se supo de ellos. Las dos niñas se quedaron con la madre de su mujer, pero él volvió otra vez".
Y no olvidemos que esto es lo que dice un medio de comunicación. Que una catedrática de derecho siempre me ponía como ejemplo el famoso (y real) "condenado a 20 años por robar un chorizo". ¿A qué esto parece una burrada?, Dios mío 20 años por escamotear comida para alimentarse... Claro que un robo implica violencia sobre las personas o las cosas y, en este caso, este buen hombre hambriento había medio matado a la dueña de la casa al verse descubierto. Pero curiosamente eso no lo ponía en la nota de prensa.
Ahora, está claro que el sistema falló como desgraciadamente ha quedado patente.
Mas bien del texto lo que se deduce es que el Juez desestimó la eximente por trastorno mental transitorio (no dice si eximente completa o incompleta) y en cambió estimó el atenuante por arrebato y obcecación. Si hubiesen aplicado la eximente completa no hubiese visto carcel, si le aplican la incompleta hubiese estado mucho menos tiempo en prisión que con el atenuante de arrebato y obcecación.
Cierto, me salté el eximente y me fui directamente al atenuante. De ahí mi presnción de que el juez aunque no lo aplicara vió algo.Iniciado por YeraY
Pero es así, desdestimó el eximente y estimó el atenuante.
Nasssssss gafitas necesito.
A mí eso de los atenuantes me parece la mayor estupidez del mundo.
Si te has cargado a una persona en plena calle, no debes volver a ver la puta luz del día.
Si no tienes un Fanzo no eres nada
Opio del Pueblo (blog futbolístico)
Para mi en estos casos, es imprescindible la cadena perpetua, pues soy contrario a la pena de muerte debido a que no se puede rectificar en caso de fallo. Pero es que en España, no ya es que no tengamos cadena perpetua, es que las condenas son de risa.
Pues nada, si un día te atracan y le matas no debes ver la luz en tu vidaIniciado por Darth
Y no me cuentes que ha sido en defensa propia, tu has matado a un tio a plena luz del día.
Si los atenuantes no valen, ¿por qué iba a valer la defensa propia?
Tu problema es que quieres obtener resultados sin ensuciarte las manos, así que empieza a subirte las mangas.
Los criminales se aprovechan de la indulgencia de una sociedad compasiva
Ejem...
Con atenuantes me refiero a: problemas psiquiátricos, arrepentimientos, arrebato, obcecación y demás paridas.
Si defensa propia también está considerado judicialmente como "atenuante", pues me habré expresado mal, no soy abogado ni nada del estilo como para conocer todos los términos correctamente...
Si no tienes un Fanzo no eres nada
Opio del Pueblo (blog futbolístico)
Yo no digo que defensa propia esté considerada como atenuante, que no lo se, pero vamos, era solo un ejemplo.
El caso es que no es lo mismo matar a una persona con premeditación que sin ella, no es lo mismo matar a una persona estando bajo los efectos del alcohol/drogas que sin ellos, no es lo mismo matar a una persona cuando pasas por "locura transitoria" que si estás sano mentalmente, y todo esto cuenta a la hora de condenar a una persona.
Tu imaginate que tienes una novia y estás muy muy enamorado de ella, y un día por casualidad le ves que te esta poniendo los cuernos con otro y en ese preciso momento te da por matarla.
Imaginate que tienes una novia y estás muy muy enamorado de ella y un día ves que te pone los cuernos, pero tu no dices nada. Tranquilamente piensas un plan para cargartela y a los tres días la asesinas.
¿debes ir a a cárcel por el asesinato? Evidentemente.
¿Debe ser la pena la misma? Según el "ordenamiento jurídico" no, ya que en el primer caso la asesinaste por "locura transitoria", "enajenación mental", "no sabías lo que hacías", etc...
En el segundo caso la asesinaste a sangre fría y con premeditación, sabías en todo momento lo que hacías, lo planeaste...
p.d.: Este es un caso ficticio y sólo lo he escrito a modo de ejemplo, cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia.
Tu problema es que quieres obtener resultados sin ensuciarte las manos, así que empieza a subirte las mangas.
Los criminales se aprovechan de la indulgencia de una sociedad compasiva
Jodó, te creo y no investigaré...Iniciado por Juanvier
Sobre atenuantes y eximentes: son necesarios porque hay veces que una persona no actúa con conocimiento de causa. Te pongo un ejemplo personal: un día fui a recoger a mi sobrina a la guardería y al llegar a ella vi a un hombre que le estaba dando unos guantazos en el culo a una niña que parecía mi sobrina. Me lancé como un poseso hacia él (estaría a unos 200 metros) y hasta que no vi la cara de la niña te aseguro que no sé lo que habría pasado.
Él oyó y luego vió como venía y se quedó perplejo. Le abronqué por pegarla (que me mandó a la mierda) y tiré para adentro. Pero te repito, si no me llego a percatar de que no era mi sobrina no sé que podría haber ocurrido.
Lo puedes entender como un caso (sin serlo) de enajenación. No eres dueño de tus actos, simplemtne reaccionas a un estímulo/situación.
Por cierto, la defensa propia es un eximente. Ahora, que hay que demostrar que la persona pensaba que estaba en peligro cierto de muerte para que sea total.
Lo de la defensa propia es muy peliculero pero muy poco util, al menos en este pais. Como tu no tengas manera de demostrar fehacientemente que tu vida corria riesgo -y me refiero a que ya te hubieran pegado un tiro o hachazo o similar- no suele considerarse defensa propia. Como entren en tu casa cuatro albanokosovares con AK47 y 'solo' te dejen medio frito a culatazos, si con el medio seso que te queda les pegas un tiro de escopeta y te cargas a uno dos o mas, primero vas al trullo y luego lo hablamos. Y si no te los cargas, casi que peor, porque encima te pueden denunciar ellos a ti por intento de homicidio, y lleva todas las de ganar. Total ellos solo se habian equivocado al entrar en tu casa confundiendola con la de un amigo, y tu les disparaste.
Al que pida mas datos.. a las hemerotecas me remito.
Salu2!
Hombre, tampoco hay que ser exagerados.
Yo recuerdo un caso de un tio al que le entraron en casa por la noche, se levantó y forcejeó con ellos, ni corto ni perezoso se fue a la cocina a por un cuchillo y se cargó a uno de ellos.
Llamó a la poli, se le tomó declaración y volvió a su casa.
Tu problema es que quieres obtener resultados sin ensuciarte las manos, así que empieza a subirte las mangas.
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