No superar el periodo de prueba se podría ver como el fraude de ley que citaba antes, aunque obviamente podría existir una no superación hecha sin mala fe, pero creo que últimamente esa causa de baja no da derecho en casi ningún caso al cobro de la prestación por desempleo.

Trabajo en la TGSS y sí, podéis informaros en esta entidad, pero sobre tipos de contratos y causas de baja, si vuestra duda es relativa al cobro de la prestación de desempleo o sobre la posible reanudación de la misma, mejor dirigirse a los servicios de empleo.