Cita:
Notificación de resolución:
...
Evaluadas por el instructor del expediente las alegaciones formuladas por el interesado, se ha podido apreciar que, o bien se ajustan a lo previsto en la normativa vigente en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, o bien reunen circunstancias específicas que, habiendo sido analizadas detalladamente, y sin que las mismas puedan constituir precedente para sucesivas ocasiones, llevan a la conclusión de que la conducta denunciada es merecedora del sobreseimiento del procedimiento sancionador incoado, en aplicación de los criterios establecidos en el art. 131 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En consecuencia, RESUELVO ESTIMAR las alegaciones formuladas, ANULAR la sanción propuesta y ARCHIVAR las actuaciones practicadas
:village