La copia privada está totalmente permitida, de hecho se paga impuestos por ello cuando se adquieren sistemas de grabación (cd's virgenes, discos duros, etc...), siempre que concurran simultáneamente las siguientes circunstancias:

- Que la copia se lleve a cabo por una persona física exclusivamente para su uso privado, no profesional ni empresarial, y sin fines directa ni indirectamente comerciales.
- Que la copia se realice a partir de una fuente lícita y que no se vulneren las condiciones de acceso a la obra o prestación.
- Que la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, ni de distribución mediante precio.

Fuente: Ministerio de Cultura