Cita Iniciado por ziggys Ver mensaje
Eso tiene que ser una equivocación. No se puede cotizar por debajo del salario mínimo inteprofesional, a no ser que lo ofrecido sea trabajo a tiempo parcial.

No es que lo diga yo, es que si el empresario a la hora de pagar los seguros sociales, inserta esos parámetros el sistema de pago de la Tesorería va a decir que nones.
No te extrañe que a la hora de llamar te digan:

- El trabajo es sin asegurar.

Con lo cual, poco importarian los minimos ni la Tesoreria. Mira. Me inscribire a ver si por casualidad me llaman, y si es asi poder cagarme en su puta vida tranquilamente.