Indemnizaciones compañias aereas
Muy buenas :hola
Vamos a ver, esta semana, que he estado volando un poquito, la verdad es que ha sido una pesadilla, retrasos en todos y cada uno de los vuelos que he realizado (6). El último ya ha sido la guinda con un retraso de mas de 2 horas para un vuelo MAD - BCN.
Me he leido la normativa :cafe , y veo que la compañia te ha de indemnizar con 250 € por vuelos de menos de 1500Km y retrasos de mas de 2 horas.
¿Es esto asi?
De todas formas ya he tramitado la reclamación, aunque sea por derecho a la pataleta, pero desde luego, esto iba mal, y cada dia va peor.
Aqui podeis ver la normativa vigente, (Articulo 6 y 7) a ver si interpretais lo mismo que yo.
Las chicas de la cia aerea y de AENA, dicen que no es asi, que un bocata, una llamada telefonica y un FAX ?¿ Pero que nada de compensaciones económicas.
Normativa Fomento
Un Saludo desde la sala de Barajas :zzz
Re: Indemnizaciones compañias aereas
Pues creo que lo interpretas mal, así a bote pronto.
Según el articulo 6, las indemnizaciones a que tienes derecho son las del artículo 9, es decir, lo del bocata, fax, etc...
Fíjate en el artículo 6.1.c.i que te remite al articulo 9.
:hola
Por cierto, la normativa no es de Fomento, sino de la Unión Europea, de obligado cumplimiento para todos los países miembros.