La nueva ley amplía la financiación de los partidos y suprime las donaciones anónimas

Añado sobre el Tribunal de Cuentas

Organización


Para la realización de toda su actividad, la Ley Orgánica, con desarrollo en la de Funcionamiento, estructuró el Tribunal de Cuentas en los siguientes órganos:

a) El Presidente

b) El Pleno

c) La Comisión de Gobierno

d) La Sección de Fiscalización

e) La Sección de Enjuiciamiento

f) Los Consejeros de Cuentas

g) La Fiscalía

h) La Secretaría General
El Presidente.

El Presidente del Tribunal de Cuentas es nombrado por el Rey de entre sus miembros, a propuesta del Pleno y por un período de tres años. La elección propiamente dicha se efectúa por los Consejeros de Cuentas en votación secreta.
Pleno

El Pleno está integrado por los doce Consejeros de Cuentas, uno de los cuales es el Presidente, y el Fiscal.
Comisión de Gobierno

La Comisión de Gobierno está constituida por el Presidente del Tribunal y los Consejeros de Cuentas Presidentes de Sección, que son elegidos por un período de tres años, en la misma sesión en que se haya de elegir al Presidente, por el mismo procedimiento y a continuación de este, correspondiendo el nombramiento al Pleno.
Sección de Fiscalización

La Sección de Fiscalización está integrada por su Presidente y los Consejeros que tengan a su cargo los Departamentos sectoriales y territoriales.
Sección de Enjuiciamiento

La Sección de Enjuiciamiento está integrada por su Presidente y los Consejeros de Cuentas a quienes, como órganos de primera instancia o adscritos a la Sala o Salas del Tribunal, corresponde conocer de los procedimientos jurisdiccionales.
Consejeros de Cuentas

Los Consejeros de Cuentas son designados por las Cortes Generales, seis por el Congreso de los Diputados y seis por el Senado, mediante votación por mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras, por un período de nueve años, entre Letrados y Auditores del Tribunal de Cuentas, Censores Jurados de Cuentas, Magistrados y Fiscales, Profesores de Universidad y funcionarios públicos pertenecientes a Cuerpos para cuyo ingreso se exija titulación académica superior, Abogados, Economistas y Profesores Mercantiles, todos ellos de reconocida competencia, con más de quince años de ejercicio profesional.
Fiscalía

La Fiscalía del Tribunal de Cuentas, que depende funcionalmente del Fiscal General del Estado, quedará integrada por el Fiscal y los Abogados Fiscales.

El Fiscal, que pertenecerá a la carrera Fiscal, es nombrado por el Gobierno en la forma determinada en el Estatuto del Ministerio Fiscal.
Pues eso.