Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
Hola
Perdonad lo confuso del enunciado, pero no sabia explicarme de otra forma.
Segun he oido, en la UE, ya no esta permitida el transporte de productos que contengan plomo... Sabeis de alguna web, donde pueda informarme del tema??
Esta ey tiene caracter retroactivo??
Gracias
Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
Supongo que te refieres a la directiva Rohs sobre el uso de diversos materiales peligrosos.
AMIDATA
A ver si esto te sirve.
Saludos.
Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
En primer lugar, muchas gracias :)
En nuestra empresa, tenemos una duda.
Debemos retornar un lote de productos, que contienen plomo, sabes que directivas se han de seguir?
Gracias
Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
El plomo es Materia Peligrosa, por lo que su transporte estará probablemente regulado por la normativa ADR.
El ADR es un liado compendio de normas de embalaje, transporte, etiquetaje, almacenaje, manipulación, documentación, etc, etc, etc.
Si eres cumplidor con la ley, deberias proporcionar al transportista una "Carta de Porte ADR" (mira en Google para más info) y que el embalaje esté homologado para transportar ese producto y con las etiquetas de peligro correspondientes (tienen forma de rombo). Si el transportista es profesional y serio, te deberia informar de ello. Aunque la mayoria no lo son, y te diran que "lo metas en una caja y no digas nada sobre su contenido".
Claro que en ese caso, en caso de inspección o accidente, os jugais un a sanción "muy grave" (>3000 eur)
Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
Cita:
Iniciado por loJaume
Si el transportista es profesional y serio, te deberia informar de ello. Aunque la mayoria no lo son, y te diran que "lo metas en una caja y no digas nada sobre su contenido".
Claro que en ese caso, en caso de inspección o accidente, os jugais un a sanción "muy grave" (>3000 eur)
Jaume, las generalizaciones tienen eso, que no son justas. Yo tengo una empresa de transportes y ni nosotros ni ningún colega que yo conozca se prestaría a eso nunca en la vida. El riesgo es infinitamente mayor que el posible beneficio (y no sólo por la multa)
Lo que sí debéis mirar es que el transportista que uséis esté autorizado para hacer ADR (en proporción muy pocos lo estamos)
Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
Cita:
Iniciado por Franciscus
Jaume, las generalizaciones tienen eso, que no son justas. Yo tengo una empresa de transportes y ni nosotros ni ningún colega que yo conozca se prestaría a eso nunca en la vida. El riesgo es infinitamente mayor que el posible beneficio (y no sólo por la multa)
Lo que sí debéis mirar es que el transportista que uséis esté autorizado para hacer ADR (en proporción muy pocos lo estamos)
Tienes razón en que no deberia generalizar, porque no tengo ninguna estadística.
Pero me encontrado muchas veces que al pedir la carta de portes ADR a un cliente, éste me dice "pues el de XXXX nunca me lo pide". Y no me refiero a "Transportes Tartánez", no, sino a operadores conocidos de ámbito nacional.
Me refiero siempre a cantidades pequeñas (< 1000 kg).
Vaya, que me alegro de conocer a un colega serio y profesional. :hola
Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
Cita:
Iniciado por loJaume
Me refiero siempre a cantidades pequeñas (< 1000 kg).
Vaya, que me alegro de conocer a un colega serio y profesional. :hola
Cantidades pequeñas... es que la paquetería es al transporte lo que un fotomatón a un fotógrafo profesional :juas
¿Colega? ¿eres del gremio? :hola
Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
Ya te lo he dicho en privado: Pregunta a la Cámara de Comercio en la que esté adscrita tu empresa.
Si no lo saben ahi, ... :picocerrado
Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
Si hablamos de una devolución de material defectuoso para su reparación, quizás sí procede hablar de export temporal. Si no se va a reparar igual no se puede pero no obstante quien mejor te puede ayudar en este caso por conocimientos y porque es su trabajo, es un Agente de Aduanas. ¿Dónde estás tú? ¿a través de dónde os llegó el material?
Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
Me han dicho por aquí que lo mejor que puedes hacer es pedir información directamente al Ministerio de Fomento al correo éste: mmpp@mform.es
Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
Cita:
Los fabricantes de electrodomésticos y otros aparatos electrónicos como ordenadores y telefónos móviles no podrán comercializar, a partir del 1 de julio en la Unión Europea, sus productos si incluyen seis sustancias tóxicas concretas. Entre ellas, figuran el plomo, el cromo, el cadmio y el mercurio, en virtud de una nueva ley que los prohíbe porque perjudican la salud.
a pesar de que se podrán seguir vendiendo los aparatos que fueron puestos en el mercado antes de esta fecha, indicaron hoy fuentes comunitarias. El plomo, el cadmio, el mercurio y el cromo hexavalente, así como dos grupos de retardadores bromados de fuego -el bifenilo policlorado y el éter de bifenilo polibromado- son las sustancias que a partir de mañana no podrán incluir aparatos electrodomésticos y otros electrónicos.
Esta disposición se incluye en la directiva sobre restricciones en sustancias de riesgo que fue aprobada en 2003 y que todos los Estados miembros han transpuesto a sus legislaciones nacionales. Entrará en vigor el 1 de julio y afectará a la composición de una amplia gama de aparatos e instrumentos para cuyo uso es necesaria la red eléctrica.
Y mi duda es..
Esta ley tendra caracter retroactivo?, entiendo que no :sudor
Yo entiendo que si se puede corraborar que dica mercancia fue adquirida antes del dia 1 de Julio de 2006, no habra problema no??
Gracias por vuestras opiniones
Re: Sobre la nueva ley del plomo ( transporte )
Alguien puede confirmarmelo??
Gracias