Resulta sospechosa toda editora que comercializa títulos que ya ha editado otra empresa, más aún si dicha empresa es una major poseedora de los derechos de la película (o alguna otra empresa asociada directamente a la major).
Resulta sospechosa toda editora que comercializa títulos que ya ha editado otra empresa, más aún si dicha empresa es una major poseedora de los derechos de la película (o alguna otra empresa asociada directamente a la major).
No se si sirve de algo,legalmente hablando,pero todos estos dobletes tienen en la parte trasera el copyright de donde proceden.
Por ejemplo,Notre Dame de París - @Panitalia/París Film Productions,Trapecio - @Hill-Hecht-Lancaster Productions/Joanna Productions/Susan Productions
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Pero si eso de la mismo. TODAS tienen el certificado del Ministerio de Cultura. Si pasa por el Ministerio todo es legal. El problema viene del propio Ministerio. Cuando hablas con el AVEI o Cameo, Versus, etc. . todas te hablan de lo mismo. Es muy fácil editar en España. Basta con entregar un contrato mercantil declarando que eres poseedor de esos derechos y punto. No hay más. Es el propio Ministerio el que actua de forma pasiva. Juridicamente es muy complejo demostrar quien es el titular de los derechos (según cuentan desde el AVEI).
Pero bueno aquí cada uno tiene su idea y sus impresiones. Ninguno puede afimar que hay detrás de todo esto. No lo sabemos. Si editan bien pues bienvenido sea.
Se limitan a copiar en la carátula la productora que figura en los títulos de crédito y no a quien pertenecen los derechos de explotación y distribución hoy en día, apareciendo a veces productoras desaparecidas hace medio siglo. En "Estación Comanche" por ejemplo, ponen "Ranown Productions", pero por ningún lado aparece Columbia ni Sony, la propietaria actual de los derechos...Anda que no saben éstos
Que sea difícil demostrar en un caso puntual a quién corresponden los derechos, vale...pero para nada es la regla habitual. Lo que pasa es un sector en el que todo anda manga por hombro y en el que la actuación administrativa se limita a un control burocrático de simple registro. Quien se crea perjudicado, que reclame...pero no ante la Administración, sino ante los Tribunales de justicia que habrán de ser quienes digan si existe una conducta ilícita o no.
Última edición por spade; 14/02/2011 a las 00:13