Cita Iniciado por Astolfo Hynkel
si el devengo es anual tengo entendido que no.
Está claro. Pero por regla general suele ser semestral. Entre otras cosas para no generar tantas retenciones. Que despues en caso de despido ten tendrían que pagar. Así las liquidaciones son más bajas y por lo tanto más asumibles por una empresa con liquidez justa.