Hola:
Aunque te cases en régimen de gananciales, como la adquisición de la vivienda es anterior, tanto la casa como las cargas tienen el caracter de bien privativo. Es decir, son tuyas.
Lo que se podría hacer es un reconocimiento de deuda (por las cantidades que ella haya pagado) y venderle la mitad de la casa por dicho importe, asumiendo ella la mitad del préstamo. Aqui el problema sería que habría que liquidar impuestos.
Otra posibilidad sería la donación, que tambien tiene problemática fiscal.
También se podría hacer en escritura, tras el reconociento de deuda o simultaneamente, una aportación a la sociedad de gananciales, tu de la vivienda y la hipotaca y ella de la deuda a su favor. También tendrá problematica fiscal, seguro. Yo lo que haría sería comentarlo con un Notario, que seguro que te da una buena solución.
Un saludo.![]()



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