Buscando un poquito, he llegado a una explicación de la copia privada, que puede arrojar luz sobre la legalidad o no:
Según la Ley de Propiedad Intelectual una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa. Por tanto, un usuario particular no tiene que solicitar autorización del autor/es de una obra musical o audiovisual cada vez que graba la misma para su propio uso, y sin que vaya a ser objeto de negocio.
Lógicamente, esto es una interpretación del contenido de la L.P.I., vigente, cuyo texto íntegro está aquí:
http://noticias.juridicas.com/base_d...leg1-1996.html




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