A ver si te lo puedo aclarar un poco más.
Una cosa es la plusvalía y otra la ganancia patrimonial.
La plusvalía te la pueden cobrar o no en función de si han hecho carreteras, jardines, organismos públicos, etc, y tu piso ha sufrido una revalorización por esa causa. La tiene que pagar el vendedor salvo que haya un acuerdo diciendo lo contrario.
Otra cosa es pagar en la renta por ganancia patrimonial. En este caso si pasa más de un año pagarás el 15%, de valor de compra menos valor de venta (no es así, en realidad se cuenta tambien impuestos, si has cancelado préstamos, etc, por lo que es mejor ir a un asesor o comprarte el librito de la renta de hacienda). Si es menos de un año, la ganancia se suma a la base imponible de la renta, saliendo siempre mayor a ese 15%. Si la has comprado antes de 1996, cada año a partir de ese y contando hacia atrás se reducirá esa ganancia en un 11,11% según unos coeficientes reductores, de manera que si la has comprado antes de 1986 no pagarás nada.