Si es por decir las cantidades a mí ya me dieron mis 3.300 euritos (y creo que ya se han gastado :-( ).
Saludos.
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Si es por decir las cantidades a mí ya me dieron mis 3.300 euritos (y creo que ya se han gastado :-( ).
Saludos.
Lo cierto es que esto de Hacienda me pone. Tengo la web en favoritos por delante de Playboy (sí, llamadme friki):
Formaran parte de la adquisición de vivienda habitual tanto los gastos realizados con financiación ajena (hipoteca de los bancos) como gastos corrientes que vayamos pagando en efectivo, siempre y cuando tengamos alguna forma de demostrarlos.Cita:
Iniciado por Merlin
En caso de la financiación ajena se entenderán que las cantidades son invertidas a medida que se vayan amortizando los préstamos obtenidos, de forma que anualmente podrás desgravarte tanto la amortización como los intereses del préstamo que hayas pagado.
Además podrás deducirte los gastos y tributos originados por la adquisición tales como Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, IVA, gastos de notaría y registro... Siempre y cuando puedas demostrar que los has pagado.
Recuerda además dos cosas: que el límite es de 9015€ por declaración y que si tenías una cuenta vivienda y te dedujiste por ella en el pasado, ahora no puedes volver a deducirte nada por esa cantidad.
Es cierto lo que dices. La niña sólo puede aparecer en una unidad familiar, peeero creo que podías ponerla formando unidad con la madre y tú teniendo derecho a deducción por convivir contigo. Ya te decía que hace un par de años que estoy algo desvinculado y entonces era cuando se empezaba a avanzar algo en este tema.Cita:
Iniciado por Merlin
Yo creo que este punto es interesante que lo trates con Hacienda, telf de atención 901.200.345, ahí curraba yo antes medio de supervisor y la gente es supermaja, no queda constancia de tus datos, por lo que puedes llamar y preguntar por lo que te dé la gana. La de veces que me han preguntado qué hacer con dinero negro...
En principio, cada vez que cambias de domicilio fiscal debes rellenar un modelo, pero como no lo hace ni Dios, en la declaración te da la opción de marcar cambio de domicilio.Cita:
Iniciado por Merlin
En cuanto a la pregunta de lokeras, no la acabo de entender:
Tu madre se ha comprado una vivienda habitual y desgrava por ello (se supone que nunca ha tenido casa a su nombre o al menos no ha desgravado por la anterior casa, porque si es así no podría deducirse directamente de esta otra) y quiere alquilar habitaciones, pero de esta casa que se ha comprado, de otra casa que tiene que es donde vives tú...??
Un saludo
Bueno, a ver si alguien sabe responder a mi pregunta. He tenido un problema con mi declaración. Hace unas semanas pedí cita para modificar el borrador y allí me dijeron que en vez de modificarlo me iban a hacer la declaración normal y corriente. Una vez hecha se confirmó, etc, etc. Hace unos días me ingresaron la devolución.
El caso es que ayer me di cuenta que no había declarado un terreno que me compré el año pasado. Me llevé todos los datos del terreno cuando pedí la cita pero se me olvidó decirlo! El caso es que ahora no sé si podré modificar la declaración o qué. Lo que no quiero es tener problemas :sudor
De momento he pedido cita de nuevo, me han dado para el 29, no sé qué me dirán...
No hay ningún problema, te harán otra declaración, supongo que en este caso bastará con una complementaria y te cobrarán la diferencia.
Siempre que estés dentro del plazo para hacer la declaración (hasta el 30 de junio) no hay ningún problema, puedes hacer tantas declaraciones como te dé la gana. Si dejas pasar esa fecha, sin rectificar nada, te puede venir una paralela y tendrás que pagar la diferencia más una multa por "incompetente".
Cuando vayas a hacer la nueva declaración lleva la antigua, porque pueden volver a cargarla y es mucho más rápido.
Otra forma era anular la declaración anterior y hacer una nueva, pero como ya has cobrado, supongo que es más difícil.
Gracias, haré eso. Lo cierto es que lo de "incompetente" me lo he ganao, porque anda que no me preparé yo toda la documentación para la declaración y al final me dejo lo más importante.
Por cierto, que se me olvidaba, depende en la ciudad que estés ellos no te hacen la complementaria, sería bueno que llamaras para preguntar antes de ir.
Si compraste un terreno (entiendo que no es un inmueble urbano, que generaría una imputación de rentas inmobiliarias), no te afecta para nada en la declaración de renta, salvo que sea para construir en él tu vivienda. Pero en este caso la declaración te saldría a devolver más, por lo que no tienes que presentar declaración complementaria, si no solcitar la rectificación de la que ya te han devuelto.Cita:
El caso es que ayer me di cuenta que no había declarado un terreno que me compré el año pasado
Cierto, Pancho, si es un terreno de patatas donde no haya edificaciones no se imputan rentas (es decir, no tiene porqué aparecer en la declaración). En caso de que haya alguna edificación y de que ésta no constituya tu vivienda habitual, sí que tiene que volver a hacer una nueva declaración y le saldrá a pagar más. En caso de que vayas a establecer allí tu primera vivienda habitual, te devolverían más.
Había entendido con la pregunta que no sólo era un terreno de tierra :sudor
Por favor, necesito ayuda, Botxibcn, tú que entiendes (o cualquiera, vaya). Tengo la factura del año pasado de la notaría con los gastos de la hipoteca. Figuran la minuta de notaría, los impuestos TP y AJD , minuta registro de propiedad, impresos y correos y honorarios. Todo eso asciende a 6470.03 euros. ¿Todos estos gastos me sirven para deducir? En caso afirmativo, he de decir que si sumamos esto a los intereses y al capital amortizado del prestamo hipotecario, la suma es superior a 9000.15 euros, así que ¿qué hago?
Y por otra parte, ¿puedo presentar la declaración por internet, o si meto los gastos mencionados, he de presentarla en persona? Lo digo por aquello de que tendré que demostrar que he pagado todo esto.... Por otro lado, si estos gastos me los incluyeron en el prestamo, me queda la duda de si sólo debo presentar como deducciones el capital amortizado y los intereses del prestamo o puedo presentar esa lista de gastos (notaría, impuestos, etc) por separado....(vamos, que no sé si en el recibo en el que van los intereses y el capital amortizado del préstamo en 2005 va incluído también el tema de la notaría y demás gastos por estar incluídos en el préstamo).
Gracias y perdonad mi ignorancia.
Hola Danton, vayamos por partes
Todos esos gastos son deducibles, no hay ningún problema en sumarlos. Lo que pasa es que la cantidad máxima que da derecho a deducción son 9015€, con lo que si pasas de esa cifra todo lo que pongas no servirá de nada, pero tendrás que demostrar que efectivamente lo has pagado. Por ejemplo, pagas 100000€ por la casa el año pasado, haces declaración y pones 9015 en la casilla de deducción, en caso de que te hagan una paralela (una inspección) sólo tendrás que llevar papeles hasta el importe de 9015€.Cita:
Iniciado por Danton
Si eres más chulo que un ocho y pones 100.000€ para presumir en la declaración, en caso de paralela te pedirán documentación hasta esos 100.000€, tendrás que pedir absolutamente todos las facturas que empleaste para pagar la casa y pobre de ti que pierdas alguna.
Cierto que esto que te comento es de hace un par de años, que ahora con la presentación por internet, creo que el programa ya te coge el límite máximo y da igual que pongas 100mil que 9015, que el programa leerá 9015€, pero no está de más hacerlo bien.
Con lo que suma amortización e intereses (empieza siempre por esto pq en caso de paralela es muy fácil ir al banco y que te hagan un estracto) y a partir de ahí llega a 9015€ con las facturas de notaría, si sobra no lo pongas, no hace falta. Además, por si se te pasa por la cabeza, ese importe no se puede llevar al año siguiente. Se pierde, sin derecho a deducción.
Puedes presentarla por internet sin problemas, la documentación la tendrás que presentar en caso de que te la reclamen más adelante, en el momento de hacerla no te piden nada. De hecho te puedes inventar la declaración de arriba a abajo que si no te hacen inspección no pasa nada.Cita:
Iniciado por Danton
Recomendación: no lo hagas. Se pilla antes a un mentiroso...
Hombre, si ya están esos gastos incluídos en el préstamo no te los puedes deducir dos veces. Asegúrate y en caso afirmativo no los sumes, pon simplemente la amortización y los intereses.Cita:
Iniciado por Danton
En principio, esto es lo que te puedo decir rápidamente desde el curro. Si me he colado en algo espero que alguien me corrija.
Un saludo
Muchas gracias, botxi, la verdad es que es el primer año que hago la declaración, y esto me pilla muy muy verde. En principio con lo que me has dicho lo he tenido claro. Como tú dices, no puedo presentar los gastos mencionados porque van incluídos en el préstamo (yo no pagué nada en metálico), así que hace unos minutos he presentado el capital amortizado y los intereses, todo al 50%, ya que el otro 50 va por parte de mi novia. En principio creo que lo he hecho todo bien, porque sólo he tenido que rectificar el borrador incluyendo las deducciones del préstamo.
He confirmado la rectificación del borrador y ya está presentado vía internet. Eso sí, si me meto en el apartado estado de la declaración, me pone "su declaración se está tramitando". Eso es normal, no? ¿O debería ser inmediato?
Una vez más, muchas gracias ;)
Como siempre, está "casi" perfecto :malo .Cita:
Si me he colado en algo espero que alguien me corrija.
Que tu declaración se esté tramitando es lo normal. Espero que pronto te devuelvan, poque gracias a botxibcn lo has hecho perfecto.
No voy a hablar de cantidades ni voy a dar más detalles, pero quería compartir la alegría que siento en estos momentos con todos vosotros, por que después de muchos años de pagar, mi gestor me acaba de informar que...
ESTE AÑO ME SALE A DEVOLVER!!!!!! :bigcry
:village
(un saludo :picocerrado )
Es normal que me digan que podrían tardarme hasta 6 meses en devolverme lo que me tienen que devolver? (no llega a 6 miserables euros). El caso es que me dicen que mi declaración todavía figura como pendiente de revisión y que podría alargarse hasta esos 6 meses.
No es por la pasta, obviamente. Pero me choca, porque otras veces me han devuelto cantidades infinitamente mayores a gran velocidad.
Tendrá que ver que compré un piso a finales de año?
No te va a tardar seis meses ni de coña. ¿Quién te ha dicho eso?
En principio la devolución puede pagarse hasta final de año, si se alarga más el proceso te tendrían que pagar intereses. De ahí que te digan que va a tardar 6 meses. Pero ese es un supuesto para cubrirse las espaldas.
Alguien que ha leído las instrucciones en chino. Lo normal es que te tarde un par de semanas, aún habiéndote comprado piso.
Sólo en casos excepcionales tardan más y suelen llamarte/enviarte una carta para pedirte documentación adicional o explicarte el motivo del retraso.
Yo por mi parte la lancé el domingo 4 y cobre el jueves 8, no me puedo quejar. Tengo lo suficiente para una cámara digital, así que voy al post de cámaras digitales...
Un saludo :hola
Pues la tienen con fecha del 11 de mayo y ayer eso es lo que me dijeron por teléfono. Como ves, de momento ya llevan 1 mes con la declaración sin revisar. A ver si van a meterse demasiado a fondo y la liamos... (ya sabes, compras piso... pagas algún milloncejo en negro...)Cita:
Iniciado por botxibcn
¿Una complementaria te la pueden hacer en el banco? Ya hace unos días que me ingresaron la devolución, pero el otro día comprobé por si acaso las facturas de la ampliación de hipoteca y resulta que algunas de las facturas son de diciembre de 2005 así que esas podré meterlas y por lo que he leido tengo que hacer complementaria. He intentado pedir cita en hacienda porque la comp. no tengo ni idea de como se hace pero me dice que no quedan citas disponibles. ¿En el banco te la hacen?
Muchas gracias
Respecto al cambio de domicilo: hay una casilla en el programa, justo debajo de los datos del domicilio ( pone "cambio de domcilio", precisamente ). Respecto de lo de la cuenta vivienda/hipoteca, sin ver exactamente lo que haces es difícil opinar. Todo sería argumentar a base de hipótesis.
v_armando, las complementarias se presentan cuando has de reintegrar parte o la totalidad de la devolución obtenida (o tienes que ingresar una cantidad mayor de la ingresada en la primera declaración presentada, en el caso de que la primera fuera a ingresar, que no es tu caso). Por tanto, no debes presentar declaración complementaria: debes solicitar la rectificación de la declaración que ya te han devuelto, y aportar los justificantes que acrediten el mayor importe invertido en adquisición de vivienda. Te vale cualquier tipo de escrito, pero puedes utilizar el formulario que está en agenciatributaria.es ( Ruta: modelos y formularios, formularios, formularios para trámites ante la Agencia Tributaria, solicitud o comunicación ).
Debes poner los datos de tu actual domicilio.
Supongo que no tienes ninguna actividad empresarial???? Por tanto este Iva se considera mayor importe de la compra ya que no te lo puedes deducir de ninguna otra manera. Es el equivalente al ITP (Impuesto de transmisiones patrimoniales) que se paga por la transmisión de viviendas usadas y que tambien se incluye en el coste de la vivienda a nivel de Renta
Un saludo