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Tema: Nuestros problemas con Correos

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  1. #11
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    Predeterminado Respuesta: Nuestros problemas con Correos

    Cita Iniciado por U-Alex Ver mensaje
    He ido a comisaría a consultar.

    Le solté al poli todo el rollo de lo que nos pasa, y después me ha dicho una cosa interesante: que no hay delito. Y es cierto, ya que si nos llegan los envíos no pasa nada malo, y si no nos llegan, o se devuelven, no podemos saber si alguien se los ha quedado, o qué ha pasado con ellos. Sólo podemos suponer que alguien se los puede quedar, pero de verdad no lo sabemos.

    En cuanto a la denuncia me ha dicho que sí, que se podría hacer, y es la manera de que el juzgado correspondiente investigue lo que pueda estar pasando. Me ha dicho que no sería posible una denuncia colectiva ya que estamos repartidos por el país, y tampoco una en representación de todos, ya que no somos una asociación o algo así con un representante. Es decir, que cada uno se vaya a su comisaría a hacer su denuncia particular, llevando todos datos posibles, y en particular el sobre con la etiqueta para adjuntarlo a la denuncia.

    Yo voy a esperar respuesta de Axel sobre el apartado de correos y si, como me temo, me dicen que no es de ellos, me pasaré otra vez por comisaría a hacer la denuncia.
    Claro que en los casos que contais puede haber un hurto o una apropiación indebida en grado de tentativa. Existe tentativa cuando el sujeto da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores, practicando todos o parte de los actos que objetivamente deberían producir el resultado, y sin embargo, éste no se produce por causas independientes de la voluntad del autor (art. 16.1º del Código Penal). El problema es que para que exista delito es necesario que el valor de lo hurtado exceda de 400 euros. Si es menos, se trata de una falta, y éstas sólo se penan cuando se consuman, nunca en grado de tentativa. Hasta aquí si contemplamos un caso aislado. Otra cosa es que se acredite la misma infracción en muchos casos y podamos estar ante un delito continuado que prevé el art. 74.1 del Código Penal.
    Eso sin contar la posible concurrencia de una violación de las comunicaciones prevista en el art. 197 del Código Penal agravada si fuera cometida por autoridad o funcionario público.
    Deberíais formular denuncia en el Juzgado de Guardia o en comisaría, a ser posible conjunta y acompañando confirmación escrita de la tienda que os lo ha vendido declarando no ser suyo ese apartado de correos.
    Última edición por dravot; 10/10/2009 a las 22:23 Razón: corregido
    Charlie, repopo, Huw Morgan y 3 usuarios han agradecido esto.

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