Supongo que tienes resguardo de la avería de cuando se llevaron la TV a reparar, lo digo por si tienes que acudir a los Tribunales... pero va a ser que no, ya verás.
En principio, el SAT de LG debe atender de nuevo la reparación en Garantía.
Te pongo la Ley:, mira sobre todo el Articulo 6, Apartado C:
http://noticias.juridicas.com/base_d...-l23-2003.html
C. La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el artículo 9 de esta Ley. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor ponga el bien a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor del bien ya reparado.Durante los seis meses posteriores a la entrega del bien reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el bien defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados.
Comunicalo a LG España por escrito (mail) si el SAT no quiere atender la reparación en Garantía, ellos contestan rápido, generalmente en el día, al menos las consultas técnicas.
Aquí desarrollan un poco la ley, y hablan más en concreto del Articulo 6 y 9:
http://noticias.juridicas.com/articu...010323140.html
Un saludo