LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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HOOKEVE

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Hola amigos. dado que este es un tema recurrente que suele salir cada cierto tiempo y en el que hay posturas contrapuestas entre los foreros, me apetece abrir un hilo acerca de la propiedad intelectual en el mundo de la música grabada.

Ahora no tengo tiempo, pero más adelante iré introduciendo la cuestión (salvo que cualquiera de vosotros prefiráis hacerlo, que este no es mi hilo) en términos más profundos. Mientras tanto, por romper el hielo, podríamos plantear algunas cuestiones básicas:

1º.- ¿Está justificada la propiedad intelectual de las obras musicales?
2º.- ¿Es adecuada su regulación actual?
3º.- ¿Es responsable la existencia o la regulación de la propiedad intelectual de la piratería?
4º.- ¿Es responsable la regulación de la propiedad intelectual de la falta de creatividad musical?
5º.- ¿Existen alternativas económicamente viables al copyright?
6º.- ¿La copia para uso privado o el compartir música a través de Internet sin percibir dinero a cambio es asimilable al top manta?
7º.- ¿El compartir ficheros a través de los programas de pares implica ánimo de lucro?
8º.- La desaparición del copyright, ¿implicaría un aumento del número y la calidad de las obras musicales?
9º.- ¿Son la piratería y el intercambio gratuito de música a través de Internet los causantes de la pérdida de creatividad musical de los últimos años?
10º.- ¿Es viable a medio plazo el sistema actual?

Por mi parte voy a mojarme, dando respuestas casi monosilábicas, con la idea de poder ir desarrollándolas más adelante.

1.- NO.
2.- NO.
3.- SI.
4.- SI.
5.- SI.
6.- NO
7.- NO.
8.- SI.
9.- NO.
10.- NO.
 
1º.- ¿Está justificada la propiedad intelectual de las obras musicales?

Sí claro. Un producto musical es en términos económicos los mismo que cualquier otro bien o servicio. Los que lo crean tienen derechos económicos sobre el bien o servicio que producen. Por otra parte la importancia de que existan esos derechos privados sobre el producto del trabajo no es jurídica sino económica. Está en el origen mismo de la propiedad privada vs la propiedad comunal de por ejemplo un solar en el que se han plantado manzanos; la propiedad comunal crearía problemas de sobreconsumo y mala explotación del recurso pues hace fallar el sistema de incentivos. Si Mozart hubiese sabido que las partituras de sus cuartetos iban a circular por Internet al día siguiente de acabarlas posiblemente no hubiese tenido la motivación necesaria para crearlos. Hay pruebas de que era bastante quisquilloso con este asunto de la "propiedad intelectual" sobre sus obras.

2º.- ¿Es adecuada su regulación actual?

No lo creo. Si la piratería es un problema persistente es prueba de que la regulación es inadecuada. Las leyes de propiedad privada resolvieron el problema de externalidades negativas que llamamos los economistas que creaba la propiedad comunal. Todavía estoy esperando las leyes que corrijan los problemas que genera la "piratería" o como se le quiera llamar. No es por supuesto un problema "moral" o de mala conducta de los ciudadanos. Todo eso son pamplinas. Es un problema económico y, en segundo lugar, jurídico.


3º.- ¿Es responsable la existencia o la regulación de la propiedad intelectual de la piratería?

Supongo que no, que es un problema tecnológico. Siempre que tengamos los medios de apropiarnos de los bienes de otros y por otra parte las leyes existentes para combatir dicho apoderamiento ilegal sean tecnológicamente imposibles de hacer cumplir habrá un problema.

4º.- ¿Es responsable la regulación de la propiedad intelectual de la falta de creatividad musical?

Al hilo de mi respuesta a la primera pregunta, yo diría que la no existencia de una regulación adecuada no contribuye a resolver el problema que ocasiona la piratería, que es justamente que afecta el sistema de incentivos para producir música; llámémosle "creatividad musical".

5º.- ¿Existen alternativas económicamente viables al copyright?

El que las invente se lleva el Premio Nobel de Economía seguro :-) En serio, me parece que crear un nuevo sistema de derechos que pueda ser protegido de manera VIABLE es el gran reto de la nueva economía que se crea con Internet.

6º.- ¿La copia para uso privado o el compartir música a través de Internet sin percibir dinero a cambio es asimilable al top manta?

En absoluto.

7º.- ¿El compartir ficheros a través de los programas de pares implica ánimo de lucro?

No entiendo la pregunta. ¿Qué son los programas de pares? ¿El emule? En todo caso para mi "ánimo de lucro" no es una mala palabra como para algunos. El "ánimo de lucro" junto con la vanidad intelectual, el orgullo, la autosatisfacción personal, etc. es lo que empuja la creación de cualquier cosa.

8º.- La desaparición del copyright, ¿implicaría un aumento del número y la calidad de las obras musicales?

Lo dudo. Más bien lo contrario. Si el sistema de protección legal actual es deficiente, la ausencia total de protección seguramente sea peor.

9º.- ¿Son la piratería y el intercambio gratuito de música a través de Internet los causantes de la pérdida de creatividad musical de los últimos años?

Lo dudo. Una cosa que no he hecho por falta de tiempo es intentar precisar qué entendemos por "piratería". Pero para mi el intercambio gratuito no es piratería. Puede tener efectos negativos sobre los incentivos que tiene el creador en la medida que muchos usuarios se están beneficiando de la obra sin que él reciba una contraprestación (la definición de "externalidad negativa" en Economía, que es algo que automáticamente supone menos oferta del producto de lo que sería óptimo); pero también puede tener efectos positivos en la medida que contribuye a difundir una obra o una determinada versión musical entre más usuarios, originando un efecto positivo sobre la compra de discos que sí pagan derechos. No sé cómo se resuelve al final este balance, si lo supiera escribiría un articulillo guapo para un journal de economía :-)

Saludos

10º.- ¿Es viable a medio plazo el sistema actual?

No, claramente no. Lo único es ¿qué entendemos por medio plazo? :-) Lo que si te digo es que la fuerza de la actividad económica es arrolladora y la observancia de leyes inadecuadas a esas realidades económicas no detendrá su desarrollo. Lo que puede ocurrir es que las leyes obsoletas obstaculicen un florecimiento más espectacular de nuevas formas de crear y hacer negocio en la nueva e-conomía.

Saludos
 
HOOKEVE dijo:
4º.- ¿Es responsable la regulación de la propiedad intelectual de la falta de creatividad musical?

Hola Hook. Esto no te lo acabo de entender. No creo que la creatividad tenga nada que ver con ninguna regulación. Bueno, si ello implica depresión por parte del autor ;D, por la falta de medios, entonces si
un saludo ;)
 
Bien, esto se pone interesante.

Contestaré más adelante de forma pormenorizada a Mozart. De momento, contestando a dogville, diré que según el refranero popular el hambre agudiza el ingenio. Que las ideas no pueden ser objeto de apropiación. Que el concepto de propiedad en sentido propio es predicable únicamente de los bienes materiales por su escasez, (una cosa no puede ser disfrutada simultáneamente en su totalidad por dos personas) que es justo lo contrario de lo que sucede con los productos sujetos a propiedad intelectual, si exceptuamos las obras artísticas plásticas.

Hay un enorme debate entre los economistas y los juristas acerca de si la propiedad intelectual e industrial están justificadas o si no son sino formas de crear artificalmente una escasez por la vía de la concesión de monopolios que permiten a sus titulares extraer rentas por encima de las que les corresponderían en un sistema de libre mercado.

Por cierto, el copyright es un invento de finales del siglo XIX... .

Cuando conteste un poco más detalladamente os pondré algunos enlaces que seguro os van a sorprender.
 
HOOKEVE dijo:
Que el concepto de propiedad en sentido propio es predicable únicamente de los bienes materiales por su escasez, (una cosa no puede ser disfrutada simultáneamente en su totalidad por dos personas) que es justo lo contrario de lo que sucede con los productos sujetos a propiedad intelectual, si exceptuamos las obras artísticas plásticas.

Interesante. Varios comentarios.

La propiedad puede predicarse tanto sobre bienes materiales como sobre intangibles. No sólo los bienes materiales son escasos. Un técnico altamente especializado por ejemplo, es un bien escaso; o mejor dicho, su talento y sus servicios lo son. La característica que citas (que un bien no pueda ser disfrutado simultáneamente por dos personas) se conoce como rivalidad en el consumo. Pero no es eso lo que hace que un bien sea escaso ni que se justifique su propiedad.

Sin embargo Hook has dado en el meollo del asunto, pues esa no rivalidad es una de las características de un tipo de bienes muy peculiares, los denominados bienes públicos (concepto económico al que por favor no intentéis darle un significado de andar por casa). Un bien público presenta dos características: no rivalidad-no exclusividad en el consumo y coste marginal cero, es decir, una vez producida una unidad no cuesta más producir una segunda. Los ejemplos de libro de texto son un faro, un puente ... antes se solia utilizar la televisión por ondas hetzianas, pero desde que existen los descodificadores ya no es un ejemplo válido: se pueden excluir consumidores!!!!!

El hecho de que un bien tenga estas características determina que no sea ni posible ni deseable excluir a nadie de su consumo. No es posible por razones a lo mejor técnicas (como excluyes consumidores de la posibilidad de usar la luz del faro???). No es deseable porque en una economía eficiente precio=coste marginal y si el coste marginal es cero entonces el bien debe ser gratis. Ahora bien si un bien es gratis entonces los agentes económicos no tienen incentivos para producirlo. ¿Quién construirá el faro si no puede cobrar por su consumo? Hete aquí porque los bienes públicos se llaman públicos porque es el tipo de bienes cuya financiación se justifica que la haga el Estado con cargo a los impuestos: es la única forma de compatibilizar su viabilidad económica con su consumo eficiente (es decir a precio cero y por todo el mundo).

Y habiendoos soltado este rollo pregunto: ¿Creéis que la producción intelectual tiene características de "bien público"?, porque en ese caso lo que debe hacerse es disponer su distribución gratuita y a los creadores pagarles el Estado con cargo a los presupuestos, es decir a los impuestos.

Saludos
 
Aquí estoy de nuevo.

Javier tío, que me he quedado pensando tras escribir el post anterior y me has dado una pista buenísima: la producción musical como "bien público"  ::) ::) Cuando se compone una obra, se imprime la partitura, se interpreta y finalmente se graba, todo ello lleva unos costes digamos fijos, pero una vez que el master está listo, si se distribuye por Internet el coste marginal es próximo a cero. Además el consumo sería más o menos no exclusivo: el que yo me descargue y escuche y disfrute la obra no priva a otro de hacerlo (bueno, más o menos, porque ahí entramos en el mundo de las colas del emule jeje). En ese caso, el coste fijo de producir todo eso se financiaría con impuestos (pero debe ser la SGAE la que recaude? yo diría que no).

Una cosa distinta es que además de la versión Internet se quiera sacar un producto musical "de luxe" consistente en un disco plateado llamado SACD metido en un estuche chulo con cuadernillo y distribuido a través de un medio artesanal, costoso y antiguo llamado "correos". Ese producto SI tiene un coste marginal y su consumo es exclusivo, pues si una unidad la disfruta un usuario no puede disfrutarla otro. Pero no generaría derechos de autor pues al autor ya se le ha pagado. Por supuesto las copias serían libres.

Bueno, os dejo, que tengo que montar unas estanterias para mis SACDs :-)
 
Me parece que nos hemos cruzado al escribir los post. Interesante hilo de connotaciones económicas y tecnológicas sí, pero también filosóficas. Bienvenido sea, aunque quizá surge de un pequeño malentendido en el hilo de Rock. Estoy casi plenamente de acuerdo con la magnífica exposición de Mozart, que por supuesto no voy a reiterar. Así que me centro sólo en los puntos en que opino distinto.

mozart dijo:
1º.- ¿Está justificada la propiedad intelectual de las obras musicales?

Sí claro. Un producto musical es en términos económicos los mismo que cualquier otro bien o servicio. Los que lo crean tienen derechos económicos sobre el bien o servicio que producen. Por otra parte la importancia de que existan esos derechos privados sobre el producto del trabajo no es jurídica sino económica. Está en el origen mismo de la propiedad privada vs la propiedad comunal de por ejemplo un solar en el que se han plantado manzanos; la propiedad comunal crearía problemas de sobreconsumo y mala explotación del recurso pues hace fallar el sistema de incentivos. Si Mozart hubiese sabido que las partituras de sus cuartetos iban a circular por Internet al día siguiente de acabarlas posiblemente no hubiese tenido la motivación necesaria para crearlos. Hay pruebas de que era bastante quisquilloso con este asunto de la "propiedad intelectual" sobre sus obras.

Yo no lo tengo tan claro. Aquí nos adentramos en el terreno de lo filosófico. Está claro que en una sociedad capitalista el concepto de propiedad es fundamental y en nuestro subconsciente está el que deba aplicarse a prácticamente todo. Sin embargo esto no es necesariamente así. Hay cosas cuya propiedad es imposible regular, como por ejemplo el aire y también las ideas. Son conceptos que fluyen libremente. Creo que te equivocas en la comparación con el manzanal. A diferencia de las manzanas, la música es un “bien público” en el sentido económico de que por mucho que se consuma no se agota (coste marginal nulo), por tanto su óptimo económico es el consumo libre. El paralelismo con las autopistas o la televisión serían más adecuados para la comparación, creo yo.

EMHO, la propiedad intelectual estaría justificada si se demuestra que sirve para aumentar la creatividad y la producción musical, cosa que tampoco tengo claro. En caso de que esto se demostrase, el paralelismo sería evidente con las patentes y el I+D. Ahí esta claro que poca gente va a invertir en innovación tecnológica si no obtiene unas rentas a posteriori.

mozart dijo:
1º.- ¿Está justificada la propiedad intelectual de las obras musicales?
3º.- ¿Es responsable la existencia o la regulación de la propiedad intelectual de la piratería?

Supongo que no, que es un problema tecnológico. Siempre que tengamos los medios de apropiarnos de los bienes de otros y por otra parte las leyes existentes para combatir dicho apoderamiento ilegal sean tecnológicamente imposibles de hacer cumplir habrá un problema.

Directamente no, pero indirectamente sí. No es que la regulación favorezca la piratería, pero si la regulación favorece prácticas oligopolísticas es normal que surja la piratería. En Historia económica siempre que han existido regulaciones restrictivas, ha surgido el contrabando y el mercado negro. Y cuanto más desequilibradas las regulaciones, más mercado negro. En general, a la larga se ha impuesto la realidad del mercado y esos sistemas insostenibles se han ido al garete, desde el oro de América en la España de
Los Reyes Católicos, al tratado de Bretton Woods o el corralito argentino.

Además, es conocida la historia negra de muchas multinacionales discográficas y sus constantes manipulaciones en emisoras de radio, … La oferta que crea su propia demanda. ¿Favorece esto la creatividad musical? Por no hablar de joyas no comerciables, olvidadas por la industria, y que solo se consiguen en redes p2p.

mozart dijo:
1º.- ¿Está justificada la propiedad intelectual de las obras musicales?
5º.- ¿Existen alternativas económicamente viables al copyright?

El que las invente se lleva el Premio Nobel de Economía seguro :-) En serio, me parece que crear un nuevo sistema de derechos que pueda ser protegido de manera VIABLE es el gran reto de la nueva economía que se crea con Internet.

Yo de esto no soy experto, pero no creo que sea sólo la cuestión tecnológica, o puede que sí. Ya se han experimentado en algunas webs el incluir un pequeño guiño publicitario al inicio de mp3 gratuitos. No me extrañaría que existiesen muchas otras alternativas y que el establishment del negocio discográfico impida el avance por estos caminos. Para llegar a cualquier punto siempre existen mil caminos, los defensores de la tradición y el camino único a menudo esconden intereses.

mozart dijo:
6º.- ¿La copia para uso privado o el compartir música a través de Internet sin percibir dinero a cambio es asimilable al top manta?

En absoluto.

Añado: No por el ánimo de lucro. En lo otro lo veo parecido.


mozart dijo:
9º.- ¿Son la piratería y el intercambio gratuito de música a través de Internet los causantes de la pérdida de creatividad musical de los últimos años?

Lo dudo. Una cosa que no he hecho por falta de tiempo es intentar precisar qué entendemos por "piratería". Pero para mi el intercambio gratuito no es piratería. Puede tener efectos negativos sobre los incentivos que tiene el creador en la medida que muchos usuarios se están beneficiando de la obra sin que él reciba una contraprestación (la definición de "externalidad negativa" en Economía, que es algo que automáticamente supone menos oferta del producto de lo que sería óptimo); pero también puede tener efectos positivos en la medida que contribuye a difundir una obra o una determinada versión musical entre más usuarios, originando un efecto positivo sobre la compra de discos que sí pagan derechos. No sé cómo se resuelve al final este balance, si lo supiera escribiría un articulillo guapo para un journal de economía :-)

Efectivamente, en esto que apunta Mozart radica todo el quiz de la cuestión. Esta ecuación es difícil de resolver, pero yo tiendo a pensar que las p2p favorecen la creatividad y la producción musical. Aquí chocan dos conceptos: los incentivos económicos del creador y la externalidad positiva del flujo libre de la música en toda la sociedad: tanto consumidores como creadores. Yo creo que la segunda es mucho más importante. ¿Cuántos discos habéis comprado después de haberlos descubierto a través de redes p2p? ¿Habríais conocido esos discos de no ser por internet? … Es más, en este mercado la información es asimétrica: Si no puedes escuchar antes lo que compras ¿cómo sabes si te va a gustar? ¿por las emisoras de radio y televisión? que no me hagan reír.
 
nacho66 dijo:
[quote author=mozart link=1140866504/0#1 date=1140868521]1º.- ¿Está justificada la propiedad intelectual de las obras musicales?

Sí claro. Un producto musical es en términos económicos los mismo que cualquier otro bien o servicio. Los que lo crean tienen derechos económicos sobre el bien o servicio que producen. Por otra parte la importancia de que existan esos derechos privados sobre el producto del trabajo no es jurídica sino económica. Está en el origen mismo de la propiedad privada vs la propiedad comunal de por ejemplo un solar en el que se han plantado manzanos; la propiedad comunal crearía problemas de sobreconsumo y mala explotación del recurso pues hace fallar el sistema de incentivos. Si Mozart hubiese sabido que las partituras de sus cuartetos iban a circular por Internet al día siguiente de acabarlas posiblemente no hubiese tenido la motivación necesaria para crearlos. Hay pruebas de que era bastante quisquilloso con este asunto de la "propiedad intelectual" sobre sus obras.

Yo no lo tengo tan claro. Aquí nos adentramos en el terreno de lo filosófico. Está claro que en una sociedad capitalista el concepto de propiedad es fundamental y en nuestro subconsciente está el que deba aplicarse a prácticamente todo. Sin embargo esto no es necesariamente así. Hay cosas cuya propiedad es imposible regular, como por ejemplo el aire y también las ideas. Son conceptos que fluyen libremente. Creo que te equivocas en la comparación con el manzanal. A diferencia de las manzanas, la música es un “bien público” en el sentido económico de que por mucho que se consuma no se agota (coste marginal nulo), por tanto su óptimo económico es el consumo libre. El paralelismo con las autopistas o la televisión serían más adecuados para la comparación, creo yo.

EMHO, la propiedad intelectual estaría justificada si se demuestra que sirve para aumentar la creatividad y la producción musical, cosa que tampoco tengo claro. En caso de que esto se demostrase, el paralelismo sería evidente con las patentes y el I+D. Ahí esta claro que poca gente va a invertir en innovación tecnológica si no obtiene unas rentas a posteriori.[/quote]

No estamos en desacuerdo, no. Evidentemente nos hemos cruzado. El ejemplo del manzanal fue para ilustrar de manera general por qué surge la propiedad privada. Ahora bien, yo mismo he llegado a la conclusión de que posiblemente (quiero ser cauteloso) la producción musical que se difunde por Internet tenga rasgos de bien público. También hay que decir que un bien público es un bien con las características que tú y yo hemos descrito, pero que no necesariamente su titularidad tiene que ser pública. Me parece acertado el paralelismo que estableces con las patentes, y estoy de acuerdo contigo en que la propiedad privada, para que tenga sentido desde un punto de vista social, debe generar incentivos tales que favorezcan la creación musical. Por cierto, entiendo que por propiedad privada de la producción musical entendemos un conjunto de derechos que permiten a su titular explotar el bien como lo desee, de manera exclusiva y también traspasar dicha titularidad a otros en términos libremente pactados. ¿Estamos de acuerdo?


nacho66 dijo:
[quote author=mozart link=1140866504/0#1 date=1140868521]1º.- ¿Está justificada la propiedad intelectual de las obras musicales?
3º.- ¿Es responsable la existencia o la regulación de la propiedad intelectual de la piratería?

Supongo que no, que es un problema tecnológico. Siempre que tengamos los medios de apropiarnos de los bienes de otros y por otra parte las leyes existentes para combatir dicho apoderamiento ilegal sean tecnológicamente imposibles de hacer cumplir habrá un  problema.

Directamente no, pero indirectamente sí. No es que la regulación favorezca la piratería, pero si la regulación favorece prácticas oligopolísticas es normal que surja la piratería. En Historia económica siempre que han existido regulaciones restrictivas, ha surgido el contrabando y el mercado negro. Y cuanto más desequilibradas las regulaciones, más mercado negro. En general, a la larga se ha impuesto la realidad del mercado y esos sistemas insostenibles se han ido al garete, desde el oro de América en la España de
Los Reyes Católicos, al tratado de Bretton Woods o el corralito argentino.

Además, es conocida la historia negra de muchas multinacionales discográficas y sus constantes manipulaciones en emisoras de radio, … La oferta que crea su propia  demanda. ¿Favorece esto la creatividad musical? Por no hablar de joyas no comerciables, olvidadas por la industria, y que solo se consiguen en redes p2p.[/quote]
De acuerdo con esto, nada que objetar. Por eso he dicho que las realidades de mercado buscan inexorablemente su camino; lo que pasa es que una regulación inadecuada puede que el resultado final sea peor (menos óptimo) que con una regulación adecuada o incluso en ausencia total de regulación. Me explico. El control de precios y el racionamiento no frena el mercado negro. Se crea como tú bien dices un mercado secundario, que posiblemente lleve a una peor asignación de recursos que en el caso de no regulación (o sea libre mercado).

nacho66 dijo:
[quote author=mozart link=1140866504/0#1 date=1140868521]1º.- ¿Está justificada la propiedad intelectual de las obras musicales?
5º.- ¿Existen alternativas económicamente viables al copyright?

El que las invente se lleva el Premio Nobel de Economía seguro :-) En serio, me parece que crear un nuevo sistema de derechos que pueda ser protegido de manera VIABLE es el gran reto de la nueva economía que se crea con Internet.

Yo de esto no soy experto, pero no creo que sea sólo la cuestión tecnológica, o puede que sí. Ya se han experimentado en algunas webs el incluir un pequeño guiño publicitario al inicio de mp3 gratuitos. No me extrañaría que existiesen muchas otras alternativas y que el establishment del negocio discográfico impida el avance por estos caminos. Para llegar a cualquier punto siempre existen mil caminos, los defensores de la tradición y el camino único a menudo esconden intereses.[/quote]
Sí, pero de lo que hablamos no es tanto de las soluciones que crea espontáneamente el mercado -que las crea-, sino de un sistema de derechos que en lugar de impedir favorezca que en el mercado surjan estas "soluciones" innovadoras.

nacho66 dijo:
[quote author=mozart link=1140866504/0#1 date=1140868521]
6º.- ¿La copia para uso privado o el compartir música a través de Internet sin percibir dinero a cambio es asimilable al top manta?

En absoluto.

Añado: No por el ánimo de lucro. En lo otro lo veo parecido.[/quote]

En esto no estamos 100% de acuerdo. La diferencia es que Internet es un mundo en el que la no exclusividad-no rivalidad del consumo junto con el coste marginal cero es un hecho, con lo cual la música por Internet se aproxima a nuestra definición de bien público. Pero un CD copiado, metido en una fundita con caratula y vendido en la calle no es un bien público. De hecho es discutible que en este caso se generen las externalidades positivas de difusión que se generan por Internet y que tanto tú como yo hemos comentado. El que compra un CD en el top manta probablemente no vaya luego a comprar el original.

nacho66 dijo:
[quote author=mozart link=1140866504/0#1 date=1140868521]
9º.- ¿Son la piratería y el intercambio gratuito de música a través de Internet los causantes de la pérdida de creatividad musical de los últimos años?

Lo dudo. Una cosa que no he hecho por falta de tiempo es intentar precisar qué entendemos por "piratería". Pero para mi el intercambio gratuito no es piratería. Puede tener efectos negativos sobre los incentivos que tiene el creador en la medida que muchos usuarios se están beneficiando de la obra sin que él reciba una contraprestación (la definición de "externalidad negativa" en Economía, que es algo que automáticamente supone menos oferta del producto de lo que sería óptimo); pero también puede tener efectos positivos en la medida que contribuye a difundir una obra o una determinada versión musical entre más usuarios, originando un efecto positivo sobre la compra de discos que sí pagan derechos. No sé cómo se resuelve al final este balance, si lo supiera escribiría un articulillo guapo para un journal de economía :-)

Efectivamente, en esto que apunta Mozart radica todo el quiz de la cuestión. Esta ecuación es difícil de resolver, pero yo tiendo a pensar que las p2p favorecen la creatividad y la producción musical. Aquí chocan dos conceptos: los incentivos económicos del creador y la externalidad positiva del flujo libre de la música en toda la sociedad: tanto consumidores como creadores. Yo creo que la segunda es mucho más importante. ¿Cuántos discos habéis comprado después de haberlos descubierto a través de redes p2p? ¿Habríais conocido esos discos de no ser por internet? … Es más, en este mercado la información es asimétrica: Si no puedes escuchar antes lo que compras ¿cómo sabes si te va a gustar? ¿por las emisoras de radio y televisión? que no me hagan reír.
[/quote]

Impecable razonamiento :)
 
mozart dijo:
Una cosa distinta es que además de la versión Internet se quiera sacar un producto musical "de luxe" consistente en un disco plateado llamado SACD metido en un estuche chulo con cuadernillo y distribuido a través de un medio artesanal, costoso y antiguo llamado "correos". Ese producto SI tiene un coste marginal y su consumo es exclusivo, pues si una unidad la disfruta un usuario no puede disfrutarla otro. Pero no generaría derechos de autor pues al autor ya se le ha pagado. Por supuesto las copias serían libres.

Ahora que he releido esto creo que no estoy de acuerdo conmigo mismo. El que unos señores (discográficas) puedan lucrarse mediante la explotación gratuita de una creación-por ejemplo la interpretación de las sonatas para piano de Beethoven por Pollini- sin que Pollini se lleve un duro -tenga o no tenga derechos de autor- seguramente afecta aunque sea de manera indirecta los incentivos de Pollini para grabarlas. Ojo, que esto no tiene porque afectar la "creatividad" de Pollini, pero sí sus incentivos para acudir al estudio a grabar. Además, quién organizaría todo el tinglado de la grabación. Por más bien público que sean las sonatas distribuidas por Internet no veo yo al estado organizando las sesiones de grabación ... sería un desastre. Vamos que mi idea no funciona.

De todos modos os digo: caña y pincho de tortilla a qúe estamos aqui intentando descubrir el agua tibia y que ya se han escritos cientos de artículos económicos especializados, tesis y tesinas sobre la materia.

Saludos
 
En el aspecto teórico, creo que estamos básicamente de acuerdo.

Después viene el aspecto ideológico, y en este caso, ocurre eso tan curioso de que los liberales se vuelven proteccionistas y los proteccionistas liberales :o :o :o
 
nacho66 dijo:
En el aspecto teórico, creo que estamos básicamente de acuerdo.

Después viene el aspecto ideológico, y en este caso,  ocurre eso tan curioso de que los liberales se vuelven proteccionistas y los proteccionistas liberales  :o :o :o

Venga, cuéntanos en qué te convertirás tú ;D

De todos modos esa frase tuya me ha traido recuerdos de repente. Estaba yo cenando con unos amigos y tras polemizar liberales y marxistas sobre asuntos varios surgio el tema de si era adecuada o no la intervención del gobierno para asegurar la uniformidad de los programas educativos en todo el territorio español ... y chachán !!!! los liberales se volvieron intervencionistas y los intervencionista liberales ;D
 
Bueno, me toca mojarme a mí.

Esd cierto que la propiedad no sólo se predica sobre bienes materiales o tangibles. También sobre bienes intangibles, tales como derechos derivados de contratos, por ejemplo. Pero lo cierto es que siempre la propiedad es el medio que una persona tiene de excluir a los demás del goce y soberanía directo y exclusivo de una cosa y por ende, de poder disponer de ella.

Si entendemos la propiedad como el derecho perpetuo, exclusivo y excluyente de una persona a disponer de una cosa frente a todos, es evidente que la llamada propiedad intelectual no es una propiedad propiamente dicha, sino un derecho de naturaleza distinta. Por ejemplo un pintor o un escultor pierden la propiedad de su obra cuando la venden a un tercero, que si quiere, es libre de destruirla o arrojarla a la basura sin que el autor pueda reclamar nada por ello. El autor sólo goza de un derecho de compensación económica en caso de que la revenda el dueño y por un tiempo limitado. La titularidad de los derechos de explotación de obras reproducibles dura en el mejor de los casos hasta 70 años después del fallecimiento del titular. Sobre una obra reproducible confluyen multitud de derechos, de distinta naturaleza y límites temporales. Sólo en sentido impropio podemos hablar de propiedad intelectual.

Ahora bien, ¿son los productos de las creaciones intelectuales, en este caso la música, dignos de protección a favor de su titular?

Los argumentos a favor (que habéis expresado de forma extraordinaria) se pueden resumir en dos:

- Uno iusnaturalista: Al igual que los bienes tangibles, son fruto del trabajo y de la mente de su creador y todo el mundo tiene derecho a los frutos de su propio trabajo.

- Otro utilitarista, la concesión de derechos de exclusiva favorece la creación; de otro modo se trataría de bienes públicos que desincentivarían su producción sin alcanzarse su punto óptimo.

En mi opinión el argumento utilitarista es el más débil.

Primero habría que demostrar que efectivamente el copyright crea riqueza social y eso sólo puede hacerse si el beneficio supera a los costes. Y eso es muy complicado porque los estudios econométricos no prueban esto en absoluto. Por otra parte si nos fijamos lo que pasa en el software, la realidad es que no es la concesión de derechos de autor lo que incentiva el desarrollo técnico, sino la competencia del software libre y la facilidad con que son desactivados los sistemas anticopia, de manera que no se puede confiar en un derecho en exclusiva durante largo tiempo para que los desarrolladores obtengan beneficios.
En segundo lugar, deberían ser los partidarios del copyright los que demostrasen esto para poder justificar sus imposiciones a los adquirentes de obras musicales y no a la inversa. En este sentido, si los derechos exclusivos duraran menos, por ejemplo, 1 año, es evidente que los incentivos para producir más música serían mayores: nadie podría vivir con el tren de vida de un jeque árabe haciendo diez discos de éxito en cuarenta años (estoy pensando en uno de mis grupos favoritos).

En cuanto al argumento iusnaturalista, el problema es que las leyes no protegen todo tipo de creaciones intelectuales. Por ejemplo, las verdades filosóficas, matemáticas o científicas no pueden protegerse bajo la ley actual, ya que el intercambio comercial y social se vería entorpecido en cada caso en que una nueva frase, verdad filosófica o similar fuera considerada de propiedad exclusiva de su creador. Esto se suele replicar diciendo que un descubrimiento científico o filosófico que identifique una ley de la naturaleza, un principio o un hecho de la realidad no conocido previamente no es una creación del descubridor. Pero esta distinción no es evidente ni rigurosa; llevada a sus ultimas consecuencias no existiría la creación, porque "todo está ahí". Cualquier invento se basa en realidades y conocimientos precedentes y a su vez cualquier descubrimiento puede ser utilizado después para mejorar o diseñar nuevas ideas. Pero mientras al inventor de un algoritmo sólo se le suele reconocer con su nombre, a los que usándolo desarrollan inventos o creaciones, se les reconoce un derecho de exclusiva sobre los mismos.

Por otra parte, el limitar la duración de los derechos no deja de ser arbitrario o al menos, discrecional. ¿Por qué no a perpetuidad? ¿Por qué plazos diferentes? ¿Por qué estos plazos se modifican? ¿Por qué si yo compro una obra musical en un soporte tengo que volver a pagar por ella si ese soporte se deteriora o si es editada en otro diferente sin ninguna nueva creación o si la hay debo de pagarla de nuevo de forma íntegra? Es evidente que los derechos perpetuos impedirían el progreso de la humanidad, de ahí que se limiten en el tiempo.

De momento me interesa una conclusión: los defensores de la propiedad intelectual no se basan en la escasez sino en la creación.

Los derechos de propiedad surgen como forma de regular la escasez. Antes habéis dicho que no puede haber propiedad sobre el aire, pero esto es inexacto. En la medida en que el aire sea un bien escaso (el aire puro, por ejemplo), es necesario establecer derechos de propiedad para que quien haga un uso incompatible con la pureza del aire pague por ello: quien contamina paga, derechos de emisiones de CO2, etc.). De lo contrario nos encontraremos con el problema de los bienes públicos: lo que es de todos no es de nadie y por tanto, nadie tiene incentivos para cuidarlo. La función de los derechos de propiedad es evitar el conflicto interpersonal sobre recursos escasos, otorgando la propiedad exclusiva de los recursos a individuos específicos (propietarios). Para llevar a cabo esta función, los derechos de propiedad deben ser a la vez visibles y justos.

¿Ocurre esto con la llamada propiedad ¿inteelctual?

Por favor no contesteis todavía. Me tengo que ir a dormir y me gustaría terminar mi argumentación. Id pensando respuestas, que todavía falta lo mejor.
 
Lo siento Hook, no puedo esperarte 8-)

Es que he hecho un barrido rápido con Google y he encontado alguna cosilla interesantes. Por ejemplo este economista, David Levine, que usa herramientas modernas de análisis económico, incluyendo Teoría de Juegos, para cargar contra lo que él llama monopolio intelectual:

http://levine.sscnet.ucla.edu/

Ha escrito junto con Michele Boldrin, profesor de economía de la Universidad de Minessota, la siguiente defensa de Napster:

http://www.econ.umn.edu/~mboldrin/Issues/Napster/napster1.html

Tal como sospechaba la literatura económica sobre el tema es enorme:

http://www.doai.uom.gr/mai/Course_Material/Digital_Economics/digital piracy.pdf

Pero como a los artículos especializados en Economía también les afecta la propiedad intelectual ;D, en la mayoría de los casos solo es posible acceder a un resumen, como éste:

http://ideas.repec.org/p/bri/cmpowp/04-096.html

En Economía hay toda un área de estudio conocida como la Teoría Económica de los Derechos de Propiedad (Property Rights Economics) que toca temas de los que aquí estamos hablando. La perspectiva es sin embargo bastante distinta a la que puedes dar tu como jurista que eres Hook. Para nosotros los economistas, los derechos de propiedad no existen en términos absolutos, sino más bien como un continuo, y son una institución económica, no jurídica: el Derecho está al servicio de la Economía :-)

Llegando a este punto, sólo os puedo decir que me ha entrado la parálisis. No me atrevo a decir ni una palabra más sin antes estudiar y leer sobre el tema :-)

Saludos
 
Esta noche continuaré con mis argumentos. Pero ojo, estoy manejando argumentos económicos desde una perspectiva jurídica o viceversa. No me interesa tanto hablar de la naturaleza jurídica de los derechos de autor como de su justificación ética y económica.

Más adelante daré también un enlace fantástico donde hay muchos trabajos al respecto, no ciempre coincidentes, por cierto.

Hasta la noche, expertos.
 
Antes continuar, no me queda más remedio que comentar un frase de Mozart:

"el Derecho está al servicio de la Economía".

El Derecho debería estar al servicio de la persona y de la sociedad y sólo de esa manera, al servicio de la economía. Lo que pasa es que ahora priman los factores políticos y "sociales" excluyendo casi todo lo demás. No sólo en la práctica, donde siempre los intereses dominantes suelen verlos reflejados en las leyes, sino en la propia teoría: no hay ningún límite extrínseco a la actuación del legislador, se eliminan la costumbre y los usos como fuente del derecho, etc. Pero esto nos desvía del tema del hilo. Volvamos a la propiedad intelectual.

Decía antes que los derechos de propiedad con una respuesta a la imposibilidad de que una pluralidad de sujetos puedan a la vez hacer un uso simultáneo de bienes (tangibles o no) escasos. Esta respuesta, desde luego no es la única posible, pero si está acompañada de un sistema de seguridad jurídica, tanto preventivo como reparador de los daños y amenazas que puedan producirse a estos derechos opera a la vez como causa y consecuencia del progreso económico y social, incentivando la producción, la innovación y la reducción de costes.

Sin embargo, cuando el esquema de la propiedad trata de implantarse a bienes o servicios que no se caracterizan por ser escasos, las consecuencias pueden ser otras: una escasez artificial, no deseada o no prevista, al menos inicialmente -con la consiguiente elevación de los precios- y una tensión entre el derecho de propiedad sobre cosas tangibles y los derechos de propiedad intelectual, que requiere la adopción de normas jurídicas sancionadoras no siempre bien entendidas por la comunidad.

En el caso de la propiedad intelectual, no se puede hablar de escasez de las ideas. Estas son reproducibles "ad infinitum" sin que se produzca ningún conflicto entre sus usuarios y como muy bien apuntaba antes Mozart, con un coste marginal que puede llegar a ser prácticamente nulo. Y antes de seguir con mis argumentos, viene una reflexión: Si el coste marginal de la reproducción es casi nulo, ¿por qué no se reduce en consecuencia su precio? La respuesta es que al haber un monopolio legal, se mantiene una escasez artificial por parte del monopolista, de manera que el precio está por encima del que se fijaría en un mercado en libre competencia. La consecuencia no deseada es la aparición de un mercado negro donde el coste marginal y el ingreso marginal llegan a su precio de equilibrio, que en el caso de las obras "colocadas" en Internet por los usuarios llega a ser prácticamente 0.

Volvamos al conflicto entre propiedad tangible y propiedad intelectual. Es evidente que la concesión de derechos al autor o editor de un libro impide al que lo compra el reproducirlo con sus propios medios físicos, de manera que se produce una limitación de la propiedad de éstos. Idem respecto de un disco, por ejemplo. Es decir, simplemente creando una expresión original de ideas, simplemente pensando o grabando cierta información original, o encontrando una nueva forma de usar su propiedad, el creador de propiedad intelectual se convierte en propietario parcial de la propiedad de otros. Es esta invasión y redistribución de la propiedad la que debe justificarse con el fin de que los derechos de propiedad intelectual sean justos.

La creación por sí sola no justifica la propiedad. Hay muchas creaciones que no son apropiables (la mayoría, por otra parte). Si yo me grabo en un CD-R una compilación de canciones de Pink Floyd, con independencia de que sea para escuchar en el coche, en una reunión de amigos, colgarla en Internet o emitirla por una emisora de radio, es obvio que yo he creado esa compilación usando materiales de mi propiedad (soporte, grabadora, discos duros, discos originales o copias de los que me he servido para hacer la compilación, etc.). También es obvio que a diferencia de los titulares de los derechos de edición y reproducción pública, carezco de propiedad intelectual alguna sobre mi compilación, a pesar de ser su creador. Claro es que yo he usado creaciones de otros, pero ¿hay alguna creación que no se base en el conocimiento precedente?

La respuesta de los partidarios de la propiedad intelectual es que hay que remunerar el trabajo del autor (o del editor): La persona que invierte tiempo y esfuerzos debe ser recompensado o beneficiado por ese esfuerzo.

CONTINUARÁ ...
 
HOOKEVE dijo:
Volvamos al conflicto entre propiedad tangible y propiedad intelectual. Es evidente que la concesión de derechos al autor o editor de un libro impide al que lo compra el reproducirlo con sus propios medios físicos, de manera que se produce una limitación de la propiedad de éstos. Idem respecto de un disco, por ejemplo. Es decir, simplemente creando una expresión original de ideas, simplemente pensando o grabando cierta información original, o encontrando una nueva forma de usar su propiedad, el creador de propiedad intelectual se convierte en propietario parcial de la propiedad de otros. Es esta invasión y redistribución de la propiedad la que debe justificarse con el fin de que los derechos de propiedad intelectual sean justos.

para los profanos en materias jurídicas: ¿no vendría a ser algo así como un contrato alquiler, o mejor dicho un traspaso del usufructo? En ese caso la nuda propiedad quedaría en manos del autor y no veo porque deba justificarse la equidad en una transacción privada. Bueno a lo mejor no es así, porque la propiedad intelectual prescribe. En resumen, que de Derecho yo N.P.I. y me hago la picha un lío con tu argumentación.

HOOKEVE dijo:
La creación por sí sola no justifica la propiedad. Hay muchas creaciones que no son apropiables (la mayoría, por otra parte). Si yo me grabo en un CD-R una compilación de canciones de Pink Floyd, con independencia de que sea para escuchar en el coche, en una reunión de amigos, colgarla en Internet o emitirla por una emisora de radio, es obvio que yo he creado esa compilación usando materiales de mi propiedad (soporte, grabadora, discos duros, discos originales o copias de los que me he servido para hacer la compilación, etc.). También es obvio que a diferencia de los titulares de los derechos de edición y reproducción pública, carezco de propiedad intelectual alguna sobre mi compilación, a pesar de ser su creador. Claro es que yo he usado creaciones de otros, pero ¿hay alguna creación que no se base en el conocimiento precedente?

Toma, esto jurídicamente será así, pero me parece un argumento muy forzado, porque entonces una copia idéntica también es una creación, basta con cambiar el color del CDR. No sé, a lo mejor no lo he pillado.

Otra cosa, según creo el problema de los altos precios no están tanto en los derechos de autor como en otras razones de orden económico y empresarial que afectan al mercado discográfico. ¿Cuánto del total de un CD musical se lleva el autor y cuánto la discográfica, el SGAE, el distribuidor, ...? No tengo idea, pero me imagino que los tiros van por ahí.
 
Bueno Nacho, si recuerdas al comienzo del hilo empecé diciendo que los derechos de propiedad intelectual no tienen naturaleza dominical, es decir no son propiedad en sentido estricto y esto lo sabe cualquier licenciado en derecho. Así que con todos los matices me parece correcta tu apreciación desde un punto de vista vulgar, entendiendo este término en sentido jurídico, es decir siempre que no pretendamos darle eficacia jurídica a la comparación.

Me gusta esta idea porque refuerza la argumentación que he seguido hasta ahora: la propiedad intelectual no es verdadera propiedad, sino un derecho que grava la propiedad ajena en virtud de una imposición legal.

Por otra parte con la compilación del CD-R no he querido tomar partido por ahora en si propiedad intelectual sí o no, sino simplemente poner de manifiesto que lo que parece evidente no lo es. De hecho si yo tuviera el permiso de Pink Floyd Ltd. no sólo podría colgar en Internet mi compilación, sino que podría cobrar por ello. Eso hace i-Tunes, por ejemplo. Pero lo que es indudable es que el CD-R es mío y nadie me lo puede quitar sin mi permiso, salvo que exista un mandato legal para ello. ¿Acaso la policía decomisa sin más la mercancía de los top manta?

Por ahora seguiré con mi argumentación si os parece, porque lo mejor está por llegar. Entre otras cosas, posibles alternativas al sistema actual, que aunque no lo parezca, las hay al margen de la piratería y el intercambio gratuito de los consumidores. Y os puedo asegurar que no son nada complicadas aunque, por supuesto, afectarían a las empresas más ineficientes.
 
Tú sigue escribiendo Hook, que yo mientras tanto investigo y leo; pero vas bien, me parece que al final vamos a converger.

Saludos
 
No me queda duda, Mozart. Creo que nos vamos a divertir mucho y que bastantes topicazos del pensamiento dominante van a caer por tierra.

Como dijo Mac Arthur, volveré. ;)
 
Interesante debate el que has iniciado, HOOK .

Muy resumidamente, que luego me puedo extender todo lo que sea necesario, desde mi punto de vista, creo que es IMPRESCINDIBLE proteger los derechos de autor . Igualmente, creo que es FALSO que con la excusa de la defensa de los mismos por parte de las sociedades de gestión de esos derechos, se pretenda atracar al resto de ciudadanos que puede ser consumidores o no de dichos derechos . Igualmente, es FALSO que la piratería surja a consecuencia de los "altos costes" que presuntamente genera la remuneración de esos derechos por parte de los soportes audiovisuales y que obligan a precios de venta caros.

Dicho en otras palabras, LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE AUTOR NO ES LA CAUSA DE LOS PRECIOS ABUSIVOS DE ALGUNOS SOPORTES AUDIOVISUALES, ya que estos raramente llegan al 15 % del precio de venta AL DISTRIBUIDOR, no al público.

1.- En primer lugar, nos econtramos ante un mercado con una demanda muy elástica, productos muy sustitutivos y perfecto conocimiento del mercado por parte del consumidor, lo que significa que si hubiesen más oferentes, nos hallaríamos en un mercado muy parecido al teórico de la competencia perfecta y que no ha sido así por una situación de oligopolio real que con las nuevas tecnologías ha permitido poner patas arriba el entramado oferente . ESA es la cuestión, no los derechos y, por eso, las multis, para no perder su situación de privilegio disparan conra todo lo que se mueve, atacando precisamente a la parte oscura o más desconocida por parte del consumidor, que es el tema de los derechos y la CREATIVIDAD, para ver si así consiguen tocar la fibra sensible del consumidor .

2.- El otro gran desconocido y olvidado es el canal de distribución, que es quien se lleva la cabeza del león y me refiero a los más o menos 45 puntos sobre el PVP que se lleva la gran distribución . Y las empresas, si quieren vivir, tienen que estar ahí, aceptar esas reglas de juego porque ahí es donde se vende de verdad y no pueden hacer dumping con internet porque si no, les echan de ahí .

3.- Bien, dicho lo anterior, ya tenéis la cuenta de resultados de los discos que compráis . Ya sabéis cuánto os cuesta y cuánto se queda el canal . El resto corresponde al propietario de la obra, coste de producto y margen del sello distribuidor . No son los derechos lo caro, entonces, como nos pretenden hacer creer . :o :o

Saludos.
 
¿Y no crees, Matías, que la concesión excesiva de derechos de exclusiva de distribución, reproducción, ejecución pública, etc.? puede ser la causa de esas prácticas monopolísticas que con tanto acierto denuncias?

Por otra parte no será tanto chollo vender discos, por alto que sea el margen de venta cuando casi todas las tiendas físicas están desapareciendo.

A ver si esta noche tengo un rato para seguir posteando.

Saludos.
 
Muy buenas preguntas haces y que debemos de intentar responder entre todos  ;) .

HOOKEVE dijo:
¿Y no crees, Matías, que la concesión excesiva de derechos de exclusiva de distribución, reproducción, ejecución pública, etc.? puede ser la causa de esas prácticas monopolísticas que con tanto acierto denuncias?

Yo creo que no . Esto es una cuestión que ha decidido así el mercado y es un fenómeno que en España se empezó a dar desde finales de los 60 y sigue hoy imparable .

Tú puedes tener el mejor y más barato producto del mundo, que si no eres capaz de colocarlo en un punto donde se pueda conocer y, por consiguiente, vender, de nada te vale .

En España primero empezamos (y seguimos) con los llamados grandes almacenes (como Galerías Preciados, que era mucho más importante que El Corte inglés en los 60, el mismo Corte Inglés ...), los hipermercados (Carrefour, Alcampo...) y los llamados megastores o tiendas especializadas (Mediamarkt, Leroy Merlin (-en esta no hay DVDs, pero vale el ejemplocomo tipo de tienda- , Boulanger ...). Ahí se vende el 86 % de los discos y ya está, no hay que darle más vueltas . Si quieres vender, debes de estar ahí y tragar con sus condiciones. A cambio, los consumidores podemos conseguir CASI cualquier producto en UN MISMO sitio (excepto los CARO MITIS, je,je)

¿Quién les ha dado fuerza? Nosotros, los consumidores, porque compramos más barato, no el Estado (al revés, no deja abrir más centros) ni la SGAE . Y esto último responde a tu otra pregunta .

No es lo mismo colocar 200 discos por 64 centros de una vez y con una carencia quincenal que 50 discos en un sitio con una carencia cuatrimestral en el mejor de los casos . Las economías de escala han hecho que esa pequeña tienda no pueda competir en precio con las grandes (simplemente los portes en un caso se reparten entre 50 discos y en el otro entre 12.800)  y tú no puedes vender más barato al que te compra menos, porque es peor cliente, ¿no? Y luego, tampoco eches la culpa al gran comercio, porque tú como consumidor ¿dónde lo compras? ¿quién es el que dejar de comprar esas cosas en el pequeño comercio?
 
Hace casi 17 años que acabé la carrera, ¿me vais a hacer revisar mis viejos manuales?
Ahora en serio, me parece un tema muy interesante y creo que estas preguntas planteadas por HOOK se pueden resumir en otra: ¿internet ha sido decisivo en la bajada de ventas de discos? porque hace unos años lo máximo que nos planteabamos era lo caros que eran los discos.
Muchos de nosotros somos maduritos y, cuando nació el CD ya pagábamos por él sus 1.500 pts, una pasada, y hemos seguido comprando discos porque es lo que nos gusta. Pero como convencer a un joven de 20 años que pague 18 € por algo que tiene fácil bajar de la red, no han vivido el pasado como nosotros y nunca han estado acostumbrados a pagar por la música lo que, al menos para mi, es una barbaridad.
Creo que la bajada de ventas ha tenido que ver más con la falta de CALIDAD de la música desde hace muchos años para acá que con internet. Es más, como se comenta aquí internet ha sido, o mejor dichó, podrá ser un bestial medio de promoción para mucha gente que no tiene ninguna posibilidad de salir en los programas de TV y radio y que no tienen otra forma de dar a conocer su obra que la web. Si el disco es bueno, seguro que se acaba vendiendo, sobre todo si la política comercial de las discográficas y/o distribuidoras no es tan lamentable:
1.- Si voy a una tienda de discos y busco las novedades todas, más o menos, valen lo mismo, ¿como es posible si cada disco es un producto diferente? ¿que tiene que ver por ejemplo U2 con Isable Pantoja?
2.- Aquí las novedades más o menos 18 €, en USA (allí este debate es infinitamente menor que aquí) 10 $ (ver por ejemplo el disco nuevo de David Gilmour). Como estoy seguro que el artista por sus derechos cobra lo mismo en cualquier parte del mundo, ¿quien se lleva esa diferencia?
Resumiendo para mi internet poco ha tenido que ver en la bajada de las ventas de discos, todo lo contrario, y creo que los dos motivos fundamentales han sido la escasa calidad de musical y la nefasta política comercial durante muchísimos años.
Saludos
 
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