Problemilla con la paga extra de verano

daniteixi

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2 agradecimientos
Sólo llevo 2 meses y poco en la empresa (desde el 2 de mayo) y me gustaría saber si tengo derecho a recibir la parte proporcional de la paga extra. Mi contrato es indefinido y el convenio no lo pone muy claro:

"Las retribuciones básicas establecidas en el presente convenio, se abonarán a razón de 12 pagas mensuales y 2 pagas extraordinarias, proporcionales a la antigüedad del trabajador, abonables el 15 de julio y el 15 de diciembre. Las pagas mencionadas con anterioridad podrán prorratearse entre doce mensualidades".

A ver si alguien sabe algo. Un saludo.
 
Re:

Ojo, a muy groso modo y sin saber lo que dice el convenio del devengo (anual, semestral, etc).

Con una nómina de 1800 euros (de salario base) para dos meses:

1800 euros - 360 días
x - 60 días

Por lo que: X= (1800*60)/360 = 300 euros.

Repito que A MUY GROSO MODO. Que hay que hacer otras cosas (aunque no varía mucho).

Ojo, pero enteraté de3 si te las han prorrateado con la nómina. Que eso le pasa a mucha gente y ni lo sabe.
 
Si son 1800 de salario base será 1800----365/2...ya que son dos pagas extras al año. Vamos digo yo. Y las pagas extras no cotizan seguridad social, luego es un 6.4 o 6.35% más que la paga normal, pero esto ya lo adviertes diciendo que no es lo mismo. Eso sí, lo de dos pagas al año es un error gordo gordo :P jjejejeej

Un saludo :hola
 
Re:

Devengo, Xaru, devengo. :lee

Y no olvidemos el IRPF.

Sólo eres tan gordo como te veas... :juas
 
1800 euros :blink ¿en que trabajas?
La de cocas que se pueden hacer con un sueldo asi :blink
 
Pues al final sí que me ha pagado. Se había despistado y el dinero estaba metido en un sobre en la caja fuerte. La mierda es que sólo me ha pagado 100 euros, cuando yo cobro 900 (tendría que haber cobrado cerca de 300). Claro que de los 900, sólo 534 aparecen en nómina, y para pagar la paga extra, lo habrá hecho de acuerdo a lo que aparece en nómina.
 
daniteixi dijo:
Pues al final sí que me ha pagado. Se había despistado y el dinero estaba metido en un sobre en la caja fuerte. La mierda es que sólo me ha pagado 100 euros, cuando yo cobro 900 (tendría que haber cobrado cerca de 300). Claro que de los 900, sólo 534 aparecen en nómina, y para pagar la paga extra, lo habrá hecho de acuerdo a lo que aparece en nómina.

A ver.. La prorrata se obtiene de dividir la Remuneración mensual entre 6. Y por qué entre 6? porque se supone que las pagas extras son dos. Las de navidad y las de verano.
 
Astolfo Hynkel dijo:
si el devengo es anual tengo entendido que no.

Está claro. Pero por regla general suele ser semestral. Entre otras cosas para no generar tantas retenciones. Que despues en caso de despido ten tendrían que pagar. Así las liquidaciones son más bajas y por lo tanto más asumibles por una empresa con liquidez justa.
 
El problema está en saber el periodo que es necesario trabajar en la empresa para tener derecho a una paga extraordinaria completa. En mi caso, para cobrar completa la paga de verano, creo que tengo que estar trabajando desde el 1 de julio del año pasado hasta el 30 de junio de este año. Entonces, en la gestoría habrán hecho:

590'00 (salario base) x 58 días / 360 días = 95'06, que es más o menos lo que he cobrado.

Vaya faenita, yo creía que tenía que estar de 1 de enero a 30 de junio. Entonces, la de Navidad, si tengo que estar de 1 de enero a 31 de diciembre, tampoco la cobraré entera. Mierda. :doh
 
daniteixi dijo:
El problema está en saber el periodo que es necesario trabajar en la empresa para tener derecho a una paga extraordinaria completa. En mi caso, para cobrar completa la paga de verano, creo que tengo que estar trabajando desde el 1 de julio del año pasado hasta el 30 de junio de este año. Entonces, en la gestoría habrán hecho:

590'00 (salario base) x 58 días / 360 días = 95'06, que es más o menos lo que he cobrado.

Vaya faenita, yo creía que tenía que estar de 1 de enero a 30 de junio. Entonces, la de Navidad, si tengo que estar de 1 de enero a 31 de diciembre, tampoco la cobraré entera. Mierda. :doh

Joder, que perros son los de tu empresa ¿no?.
 
ziggys dijo:
Joder, que perros son los de tu empresa ¿no?.
En la mía me lo hicieron igual (más tarde con el tiempo han cambiado), lo que quiere decir llegado el día de mi baja en esta empresa, me deben de abonar más pasta.

Saludos.
 
ziggys dijo:
daniteixi dijo:
El problema está en saber el periodo que es necesario trabajar en la empresa para tener derecho a una paga extraordinaria completa. En mi caso, para cobrar completa la paga de verano, creo que tengo que estar trabajando desde el 1 de julio del año pasado hasta el 30 de junio de este año. Entonces, en la gestoría habrán hecho:

590'00 (salario base) x 58 días / 360 días = 95'06, que es más o menos lo que he cobrado.

Vaya faenita, yo creía que tenía que estar de 1 de enero a 30 de junio. Entonces, la de Navidad, si tengo que estar de 1 de enero a 31 de diciembre, tampoco la cobraré entera. Mierda. :doh

Joder, que perros son los de tu empresa ¿no?.

Ya en dos meses me estoy oliendo cosas que no me gustan nada. Ya me estoy mirando unas oposiciones a funcionario del Gobierno de Canarias... :disimulo
 
En las empresas que he estado yo la de navidad se devenga de Enero a Diciembre, la de verano de Julio a Junio y la mal llamada de beneficios si la hubiese, q se suele pagar en Marzo tb es de Enero a Diciembre.
Y este es un tema q conozco muy bien pq me ha tocado explicarselo a mucha gente.
Y a las extras no es q tengas o no derecho pq tu ley se divide automaticamente entre 14 o 15 pagas segun tengas 2 o 3 extras, o en 15,2 en mi empresa actual pq la de beneficios es como 1,2 pagas.

Salu2
 
En el momento que te contratan en una empresa, supongamos que cada mes haces dos huchas del mismo importe, una la vacias con la paga extra de julio y la otra con la paga extra de diciembre. La hucha no estará llena hasta que permanezcas una año en la empresa. Si te prorratean las pagas vacias las huchas cada mes...

Un saludo
 
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