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Tema: Ediciones pirata legalizadas en España

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  1. #1
    Senior Member Avatar de PadreKarras
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Esa pregunta supongo que podrá responderla el legislador que operó el cambio. Entiendo que obedecería a alguna razón (más o menos bastarda o lógica), de la cual no puedo hablar porque no tengo ni la más remota idea.

    EDITO:

    rantamplan, pregunto: ¿es posible que donde dices certificado de originalidad del país de origen quieras decir certificado de nacionalidad del país de origen?

    El certificado de nacionalidad del país de origen se sigue pidiendo, y tan sólo es eso. Acreditativo de que una peli de uk es de uk. No influye ni tiene relación con la propiedad.

    No encuentro referencias a otro certificado distinto que se pida o se pidiese.

    La administración entra a través del ICAA en el tema de la calificación, por ser cuestión de orden público y relativa a menores de edad. Acabo de echar un vistazo a la ley del cine vigente y al decreto y reglamento del ICAA y no hay referencia a cuestiones privadas de titularidad que, lógicamente, no le competen. De entrar ahí habría que entrar en literatura, pintura, escultura, perfumerías, etc... y salvo que queramos un estado a la soviet, eso es impensable.

    Para la licencia de obras presento una escritura o una descripción catastral de "mi" finca (imposible saber para la administración si su contenido es exacto o no o si incluso hay una escritura posterior (y eso para obras mayores); para un murete o una obra menor ni eso; voy, pido, pago, y me vengo con una licencia "a salvo el derecho de terceros".

  2. #2
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Cita Iniciado por PadreKarras Ver mensaje
    Esa pregunta supongo que podrá responderla el legislador que operó el cambio. Entiendo que obedecería a alguna razón (más o menos bastarda o lógica), de la cual no puedo hablar porque no tengo ni la más remota idea.
    Era una pregunta retórica. Hace algún tiempo que rantamplan nos informó acerca de ese trámite previo y de su eliminación, y desde entonces estamos tratando de averiguar las causas de ese cambio que abrió las puertas de par en par a la actividad de las piratas legalizadas.

  3. #3
    Senior Member Avatar de PadreKarras
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Yo no lo encuentro. Tan sólo la exigencia del certificado de nacionalidad del país de origen.

  4. #4
    Colaborador Avatar de Twist
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Cita Iniciado por PadreKarras Ver mensaje
    rantamplan, pregunto: ¿es posible que donde dices certificado de originalidad del país de origen quieras decir certificado de nacionalidad del país de origen?
    Por si rantamplan no está disponible, esto es lo que explicó en su momento acerca del certificado: https://www.mundodvd.com/kiosko-y-dv...3/#post2911556

  5. #5
    Senior Member Avatar de PadreKarras
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Eso es lo que no encuentro.
    Trataba de encontrar la ley que lo exigía para ver la reforma y contrastar el motivo de su no exigencia ahora.
    Pero tirando de móvil no doy más de mi.
    No lo veo. No tengo opinión al respecto hasta que no lea al respecto algo.

  6. #6
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Creo que debe referirse al Art. 2º apartado 1 A y al Art. 2º- 2 de la ORDEN de 3 de abril de 1991, de desarrollo de lo dispuesto en el Real Decreto 2332/1983. de 1 de septiembre, por el que se regula la venta, distribución y la exhibición pública de material audiovisual.

    Art. 2º 1. Para la obtención del certificado de calificación por
    edades de la obra audiovisual. a que se refiere el articulo 1.0 del Real
    Decreto 2332/1983. de I de septiembre. el interesado, debidamente
    inscrito en el Registro de Empresas Cinematográficas del Instituto de la
    Cinematograña y de las Artes Audiovisuales, presentará instancia,
    ajustada al modelo oficial (anexo 1) a la que se acompañará:

    a) Declaración en documento publico acreditativa de los derechos
    de explotación videográfica que ostente, con precisión, en todo caso, de
    su ámbito temporal y territorial.


    b) Copia de la obra o producción audiovisual.

    c) Sinopsis del argumento y texto completo de los diálogos y
    comentarios en su lengua original. y, en su caso. traducción fiel de los
    mismos al castellano.

    d) Certificado de nacionalidad del país de producción de la obra
    audiovisual o, en su caso. documento acreditativo de la misma.

    e) Ficha técnica y artística de la obra audiovisual.


    2. Cuando se trate de reproducciones de películas cinematográficas
    ya calificadas por el Ministerio de Cultura sólo se presentará el
    documento a que se refiere la letra a) del apartado anterior.

    http://www.boe.es/boe/dias/1991/05/0...4521-14522.pdf
    Última edición por Twist; 27/12/2015 a las 14:41

  7. #7
    sabio
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Creo que se comento que ese primer documento solía consistir en una declaración ante notario y ahí es donde puede comenzar la trampa. Yo declaro que he adquirido los derechos de lo que sea y no se realiza ninguna comprobación, comprobación que como hemos visto puede ser complicada de hacer.

  8. #8
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Si ese es el documento, en efecto, lo que se pide (y siempre se ha pedido) es una mera "declaración". En eso no ha habido cambio.

    Voy al notario (documento público) declaro que Tiburón es mia, y a funcionar. Claro, que con Tiburón igual no me atrevo luego a sacarla en bd... por si...

  9. #9
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Habría que hablarlo con rantamplan, que es el que se conoce profesionalmente cómo funcionaba el asunto, pero el certificado al que él se refería no debe ser esa declaración ante notario porque explicaba:

    Se trata de un certificado firmado por el titular de los derechos, normalmente la productora o distribuidora internacional, que se extiende a nombre de quien adquiere los derechos de explotación. En él se especifica tanto el plazo como el territorio. Revisándolo veo que se detalla todo de forma muy precisa, no sólo los formatos, sino (esto lo pone en la parte trasera) qué idiomas se permiten utilizar.

    Y en otro post:

    Al respecto decir que los certificados aparte de estar firmados por la productora también tiene la firma de otra persona. Esa otra persona es una especie de notario de "Motion Picture Distributors' Association" y da fe del proceso de cesión de explotación de los derechos.
    Lo que es seguro es que la "Motion Picture Distributors' Association" no firmaría un certificado si quien otorga los derechos no es el dueño legítimo.


    https://www.mundodvd.com/kiosko-y-dv...3/#post2911736

    En los posts del 3051 al 3059 (marzo de 2013) debatíamos sobre ediciones piratas. Rantamplan, que entonces creía que continuaba vigente el procedimiento administrativo que a él le habían exigido en su etapa como editor, cuestionaba que esto pudiera estar sucediendo y aportaba con paciencia sus conocimientos sobre el asunto. Poco más tarde comprobó que aquel procedimiento se había simplificado hasta tal punto que, como dice PadreKarras, basta con declarar ante notario que un título es tuyo para obtener vía libre a su comercialización.
    Última edición por Twist; 27/12/2015 a las 15:28

  10. #10
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Cita Iniciado por PadreKarras Ver mensaje
    Si ese es el documento, en efecto, lo que se pide (y siempre se ha pedido) es una mera "declaración". En eso no ha habido cambio.

    Voy al notario (documento público) declaro que Tiburón es mia, y a funcionar. Claro, que con Tiburón igual no me atrevo luego a sacarla en bd... por si...
    Por supuesto que Tiburón no será jamás un título "apetecible" para ellos. Sin embargo, lo de Halloween en Blu Ray me tiene intrigado. Cómo se les pudo pasar ni tan siquiera por la cabeza tratar de editar un título semejante a este? Es algo que no logro entender.

    Vale. Llamada telefónica y se cancela edición. Pero... Ya estarías poniéndote en evidencia y poniendo en guardia al resto del personal. Creo que se les ha ido un poco de las manos.
    Última edición por adrian.p; 27/12/2015 a las 17:41

  11. #11
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Cita Iniciado por PadreKarras Ver mensaje

    rantamplan, pregunto: ¿es posible que donde dices certificado de originalidad del país de origen quieras decir certificado de nacionalidad del país de origen?

    El certificado de nacionalidad del país de origen se sigue pidiendo, y tan sólo es eso. Acreditativo de que una peli de uk es de uk. No influye ni tiene relación con la propiedad.
    Gracias Twist por el quoteo aunque veo que el link al certificado que escaneé ya ha desparecido. Cuando tenga un rato buscaré un certificado de originalidad para volverlo a publicar.

    Padre, el nombre del documento es CERTIFICADO DE ORIGINALIDAD y no de nacionalidad.

    Trataré de explicar un poco qué es exactamente y quién lo otorga.

    Cada país tiene un organismo encargado del censo cinematográfico (entre otras actividades y sin perjuicio de los registros oportunos requeridos por los Ministerios de Cultura e Industria correspondiente al Gobierno de su nación) y su registro se realiza directamente por la productora de cada película. De esta forma queda garantizado y oficializado quién ha hecho qué.

    Estos organismos son de sobra conocidos por todos gracias a los logos que estamos hartos de ver en tantas películas: MPAA (USA), MPDAA (Australia), IMPDA (India), MPDA (Hong Kong), MPPAJ (Japón), etc, etc.

    Sólo la propia productora o en su defecto la distribuidora internacional de los derechos de una película puede solicitar la expedición de dicho certificado al organismo correspondiente de su país, en el momento que formaliza una cesión de derechos con cualquier editora del mundo.

    El certificado especifica de forma clara quién otorga qué(*) derechos a quién, para qué formato, en qué territorio, durante cuánto tiempo, si son derechos en exclusiva o no, así como si se otorga o no capacidad de sublicenciar la película al licenciado.

    Este certificado, firmado y sellado, nada tiene que ver con una declaración jurada, ni tan siquiera con un contrato(**). Tiene el aspecto de un diploma.

    En resumen, el CERTIFICADO DE ORIGINALIDAD es el documento definitivo que disipa cualquier género de dudas sobre la legalidad de una edición. El MCU se lo exigió a WHITE PICTURES en su momento y no solo eso sino que la empresa encargada del replicado del DVD también.

    Referente a la Ley, ya habéis dado con el artículo correspondiente. Como se puede apreciar, y como casi todas las Leyes que nos gobiernan, es poco precisa y deliberadamente ambigua, del tal forma que los requisitos precisos quedan en manos de los organismos correspondientes.

    Y por lo que parece tanto las exigencias del MCU como de las empresas de replicado se han relajado hasta la ineficacia total, en lo que se refiere a protección de la propiedad intelectual, aceptando documentos fácilmente falsificables.

    (*) en el qué se especifica la película y todos los datos relativos a la misma, incluida la nacionalidad obviamente.

    (**) el contrato obviamente ha de existir y en él se detalla todo lo relativo a la transacción económica en sí.
    Última edición por rantamplan; 28/12/2015 a las 00:01
    Tengo una afición: https://x.com/postersdecine

  12. #12
    sabio
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    Predeterminado Re: Ediciones pirata legalizadas en España

    Tal como está redactado el decreto, ese certificado de originalidad parece que podría aplicarse más al documento d), certificado de nacionalidad, que sólo se requiere cuando se trata de una película que no se encuentra ya incluida en la base de datos.

    Resulta raro que simplemente no se exija ese certificado de originalidad, con lo que cumplirían los apartados a y c del decreto.

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